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Blindaje en contrato

1 Comentarios
 
Blindaje en contrato
04/12/2018 18:12
Buenos días, debido a la naturaleza de la empresa donde trabajo, en la cual los miembros de la Junta directiva son elegidos mediante el voto de los socios cada X años. El puesto de trabajo de determinados empleados se ve comprometido por el mero hecho del cambio de gobierno.

Mi pregunta es:

-Seria posible negociar/poner por escrito con la empresa una clausula mediante la cual si un trabajdor es despedido alegando causas no procedentes (reduccion de plantilla, causas económicas etc) y fijar una indemnización mayor cantidad/año establecida para ese/esos trabajadores?

De existir, como habría de celebrarse? incluyendola en el convenio colectivo o particualrmente en cada contrato?

Gracias!
04/12/2018 21:02
Diferenza
Define usted su situación equivalente a los trabajadores de la administración que se denominan de confianza y claro son personas contratadas sin sacar plaza por oposición y que son elegidos a dedo por los políticos de turno, (así nos luce el pelo en las administraciones locales que muchos puestos son cubiertos de esta forma claro cuando cambia el Gobierno de turno ya no se les puede echar porque han cubierto el periodo máximo y entonces pasan a ser indefinidos no fijos y claro es una manera de colocar de funcionarios al pariente de turno sin sacar la plazo por medio de una oposición saltándose de esta forma la meritocracia, vamos el típico fraude del enchufismo.
Bueno lo que usted plantea a diferencia del sistema publico si se les puede despedir con la salvedad de que hay que pagar las indemnizaciones estipuladas, en éste país el despido es libre siempre que se pague la indemnización correspondiente. En cuanto a negociar la indemnización eso lo puede negociar el Comité de empresa con la dirección de ésta pero claro la empresa no tiene porque acordar nada ya que los despidos en el ámbito laboral ya están tasados, despido procedente 20 días/año y despidos improcedentes 33 días/año
SMO