"Es claro que esta finalidad de ocultación debe apreciarse en las
compras de vehículos puestos a nombre de terceros, pues la utilización de
testaferros implica la intención de encubrir bienes, que han sido adquiridos
con fondos que tienen su origen en una actividad delictiva.
Esta misma finalidad puede apreciarse, con carácter general, en los
gastos de inversión (adquisición de negocios o empresas, de acciones o
títulos financieros, de inmuebles que pueden ser revendidos, etc), pues a
través de esas adquisiciones se pretende, ordinariamente, obtener, a través
de la explotación de los bienes adquiridos, unos beneficios blanqueados que
oculten la procedencia ilícita del dinero con el que se realizó su adquisición.
Es decir se actúa con el propósito de rentabilizar en canales financieros
seguros las ganancias obtenidas."
mi pregunta es para que en un vehículo exista ocultación (blanqueo) es necesario la compra a través de terceras personas o testaferro.
después no entiendo si por un gasto en inversión (vivienda) también quiere decir que se tiene que dar la circunstancia como en un vehículo de cambiar la titularidad por tercera persona o testaferro.
La finalidad de ocultar o encubrir bienes, para integrarlos en el sistema económico legal con apariencia de haber sido adquiridos de forma lícita,debe apreciarse en las compras de vehículos puestos a nombre de terceros,pues la utilización de testaferros implica en cualquier caso la intención de encubrir bienes. Esta misma finalidad puede apreciarse, con carácter general, en los gastos de inversión (adquisición de negocios o empresas, de acciones o títulos financieros, de inmuebles que pueden ser revendidos, etc.), pues a través de esas adquisiciones se pretende, ordinariamente, obtener, mediante la explotación de los bienes adquiridos, unos beneficios blanqueados, que oculten la procedencia ilícita del dinero con el que se realizó su adquisición”.
para vehículos se considere blanqueo de capitales es necesario testaferro, pero para la adquisición de una vivienda?
en mi caso particular se me acusa de venta de anabolizantes art 359 y blanqueo de capitales 301
porque compré una vivienda a mi nombre un 20% pagado con dinero ilicito y un 80% pagado con una hipoteca a mi nombre solicitada con mi nómina legal.
es blanqueo u ocultación al ser comprada a mi nombre? 20% ilegal y 80% con una hipoteca legal.
Si un 20% fue comprado con dinero no declarado, creo que la respuesta es obvia. Si usted paga un 20% de la vivienda con dinero sin declarar o que hacienda no sabe la procedencia y además usted está acusado de tráfico de sustancias, es evidente que hay intención de blanquear el dinero.
mi abogado dice que no hay blanqueo por existir una hipoteca legal... no me pueden quitar la vivienda.
además cotizo desde 2005 unos 35.000€/año
y al no existir un cambio de titular en la adquisición de la vivienda o un vehículo no existe ocultación.
es si compras bienes a nombre de terceros es cuando hay finalidad de ocultación.
el Supremo dictó que gastos cotidianos no son blanqueo de capitales, y la adquisición de bienes o gastos de inversión tiene que haber finalidad de ocultación como por ejemplo cambio de titularidad.
puede que estemos en lo correcto para defender la situación?
Es cierto que el Supremo no considera blanqueo si el dinero se usa para gastos cotidianos ya que es necesaria ocultación.
De lo que me temo que no se va a librar es de que Hacienda le ponga una diana en la espalda a partir de ahora, incluso de sancionarle por ese 20% sin declarar.
mi duda me surge porque tengo un abogado de oficio, pero me he entrevistado con uno particular y me ha dado buenas expectativas debido a que por el artículo 359 no superare los dos años (no tengo antecedentes) y del 301 blanqueo de capitales debo salir absuelto porque no hay ocultación por comprar una vivienda a mi nombre y encima hipotecarla, por los motivos que antes expuse etc.. , ahora bien la multa que sea me es igual locamente busco suspensión de condena.
1) En este foro escribe cualquiera, tú mismo podrías ponerte a dar tu opinión sin ningún problema, por lo que cualquier cosa que puedas leer siempre tendrá infinitamente menos valor que lo que te pueda decir un profesional presencialmente. Si un abogado te ha dicho que hay buenas expectativas quédate con eso, leas lo que leas en cualquier foro.
2) Con todas las reservas del mundo, porque solo sé del tema lo que has expuesto, yo también opino que las expectativas de que no ingreses son buenas pero insisto; quédate con lo que te ha dicho el abogado que consultaste. El tema es demasiado grave para fiarse de un foro.
soy consciente de todo lo que me aconsejas, y que es un tema muy serio, por eso mismo la utilización de un foro para aconsejarme... darme opiniones... pues es de agradecer creo que un foro sirve para ello.
ahora bien yo me fio de la profesionalidad de los abogados, pero entiendeme que quiera contrastar opiniones y ver su fiabilidad.
por todo ello gracias a todos los que queráis opinar!
Entiendo pero entiende tú que aquí cualquiera puede escribir cualquier cosa, sin tener ni p. idea de lo que dice. La fiabilidad de un letrado no se puede contrastar en un foro ni remotamente. Incluso los que sí somos abogados tampoco podemos ofrecerte una opinión más fiable (ni remotamente) que la que otro compañero te ha dado en su despacho.
Espero que tengas suerte. A mí lo que planteas, si no hay nada más, no me parece para ingresar (y menos con lo que se ve por ahí) pero también es cierto que nunca se sabe.
de momento 3 meses de preventiva ya he estado y agradable no es...
se me acusa de hacer envíos regularmente desde 2014 a 2017 de medicamentos (anabolizantes principalmente).... de acuerdo. art 359
pero también como blanqueo de capitales art 301 porque en 2015 adquirí una vivienda adelantando un 20% con las ganancias de esa acusación, y un 80% una hipoteca bancaria a través de mi nomina concedida por el banco.
resaltar que trabajo desde 2005 con unos ingresos anuales de 35.000€. que me imagino que también ayudará.
ahora bien espero que todo transcurra bien... porque sino quedo absuelto de blanqueo difícil librar el ingreso en prision.
me acusan por artículo 359, distribución de sustancias mediante mensajería privada desde 2013 a 2017....cobrando los importes por contrareembolso en cuentas bancarias mías.
también me acusan por el artículo 301 blanqueo de capitales, porque durante ese periodo en 2015 adquirí una vivienda a mi titularidad. 20% hice el pago de 50.000€ por adelantado mediante transferencias desde mis cuentas usadas para los beneficios de las ventas de sustancias nocivas para la salud, y 80% con una hipoteca que me fue concedida mediante mi hipoteca.
tengo desde 2005 hasta el día de hoy 2018 unos ingresos lícitos de 40.000€/año brutos.
es posible mi defensa sobre el blanqueo de capitales al no cambiar de titular en la compra de la vivienda al no haber propósito de ocultación?
es posible mi defensa que el aumento patrimonial no justificado de 50.000€ el 20% de la vivienda, puede justificarse con mis ingresos anuales de 40.000€/año brutos?
Un supuesto es el blanqueo y otro la ocultación. Usted habla de ocultación, de poner bienes a nombre de otros para que no puedan ser embargados como consecuencia de la actuación de la justicia. Estos tenedores son los llamados testaferros. Lo mismo ocurre al poner viviendas a nombre de terceras personas para evitar su embargo; es ocultación y delito de alzamiento de bienes si no hubiera más patrimonio del perseguido.
Buenas tardes Shisio. Lo primero es preguntarle sobre una cuestión. Dice que tiene abogado de oficio y seguidamente que tiene justificados ingresos anuales de 40.000 euros desde 2.005 por lo que entiendo que le habrán denegado el Beneficio de Justicia Gratuita.
En cuanto al tema que plantea y dado que afirma que los 50.000 euros con el que compró el 20% de su vivienda procedían de cuentas corrientes donde ingresaba el dinero obtenido con la venta ilegal de medicamentos su defensa debe ir encaminada a que en momento alguno ha existido blanqueo de capitales y su condena por tal delito vulneraría el principio de “non bis in ídem” pues usted va a ser juzgado y condenado (en su post atisbo la conformidad con dicho delito) por la comisión de ese delito de comercialización ilegal de medicamentos y su consumación lleva aparejada el cobro de un precio, que usted, parece ser, nunca ha querido ocultar, pues dice que Correos le abonaba el reembolso en una cuenta bancaria de su titularidad, por tal motivo, la compra de la vivienda abonando parte del precio con dicho dinero no debería considerarse como lavado de dinero, pues el mismo ya estaba a su nombre y nunca se ha ocultado su origen. Dicho sea todo en términos de defensa, con los pocos datos aportados y salvo mejor criterio
muy buenas y muchísimas gracias por tu tiempo y respuesta.
schezlaz... pues abogado de oficio me refiero a que mantengo al que me pusieron en primer término, ya he tenido 2 entrevistas con abogados y ambos coinciden en la línea de la defensa que usted me cuenta.
me da miedo cuando leo que el Supremo en gastos de inversión si los castiga como blanqueo...
no hay ningún cambio en la titularidad del dinero, yo cobro por dicha comercialización, y el dinero de esa cuenta se ingresa 50.000€ a la constructora...
el resto se obtiene mediante una hipoteca concedida por mi nómina.
estoy un poco intranquilo aunque entiendo que la defensa es posible mediante "non bis in idem" y también unos ingresos licitos anuales de 40.000€/brutos.
no doy más datos porque sencillamente el caso es tal cual...