Si tu gamas 100 y el gana 50 lo normal sera que vivierais cobre 150, luego si hay posibilidad de compensacion. Al menos matematicamente; ciertamente si el desequilibrio es del hombre suelen ser ignorados
Gracias. entonces, si los dos tenemos una nómina más o menos igual pero yoposeo un bien privativo y estamos en separación de bienes, el no me puede solicitar una pensión compensatoria alegando que yo tengo ingresos provenientes de los inmuebles que son de mi propiedad desde antes del matrimonio???Gracias
cosilla
Separacion de bienes transciende que cada cual es propietario de los soyos plenamente beneficios y rentas incluidas que se puudieran generar. Contribuiran los conyuges a las cargas del matrimonio en proporcion a sus ingresos.
En la sociedad de gananciales son de ella hasta las expectativas de ganancias.
Os repito, no soy abogado y no lo se, pero si alguien afirma que otro esta en un error al menos que diga en que se basa, Annais tu dices que hay sentencias en contra, bien es un principio, te repito yo no soy abogado y si pregunto si son gananciales y el CC dice que lo son tengo que creer lo que dice el CC.
cosilla:
Si hay separacion de bienes no existe la sociedad de gananciales. O si?
Creo Zamorano que miras un artículo aisladamente pero no miras los demás.
Te aconsejo que le eches un vistazo a casos similares en sentencias y te darás cuenta de tu error.
Me tocan mucho las narices la gente que tira la piedra y esconde la mano. Los que decis que son privativos explicarme esto:
artículo 1347 CC establece que Son bienes gananciales los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como gananciales.
Porcelanoso tema el de las plusvalias en un litigio y no solo al respecto de la sociedad de gananciales. Tan especiales que hasta en el derecho fiscal requieren regulacion y tratamiento especifico.
Pero el dividendo procede de la division de los beneficios de la empresa y como tal indudablmente son tratados como de la sociedad de gananciales. Que procedan de un negocio propio o de una multinacional debiera ser indiferente
sOTO explica eso (yo no soy abogado),tengo entendido que el codigo civil dice que tanto los beneficios como perdidas procedentes de bienes privativos son gananciales.
En principio TODO es de la sociedad de gananciales, salvo reconocimiento del consorte de no serlo o rpueba de no serlo.
Si heredas, es privativo, pero solo el patrimonio pq todo lo que ese patrimonio generara vigente la sociedad de ganaciales, le pertenece a la sociedad.
El problema coomo simpre es, a parte la pruba, es donde ponemos el limite? La plusvalia del piso por ejemplo exite "latente" si no se vende y no se suman a la socied.
En cualquier caso es claro que el importe del alquiler de un piso privativo no es privativo por la misma razon el dividendo de unas acciones ( indiferente si son o no cotizadas) son de la sociedad de ganaciales.
De acuerdo,te entiendo pero ahora te hago otra pregunta.
un piso me dices que es claramente privativo, y estoy de acuerdo, y tambien se que unas acciones que coticen en bolsa provinientes de una herencia o de antes del matrimonio son privativos, y por eso mi pregunta es que diferencia hay entre unas acciones que cotizan en bolsa que son privativas y las acciones de por ejemplo una empresa mia constituida por mi padre o mi abuelo y luego heredada o constituida por mi antes del matrimonio. Yo entiendo que no hay ninguna, es mas las dos son personas juridicas y por lo tanto la plusvalia generada en la venta de estas dos sociedades deberian ser privativas y no solo las que cotizan en bolsa.
y si yo trabajo en mi empresa, debere tener una nomina que esa si que deberia ser ganancial.
Otra cosa , ¿ son privativos los dividendos de las acciones cotizadas en la bolsa? si son privativos tambien deberian se los dividendos de mi propia empresa.
Muchas gracias por anticipado a ferro57 y compañia
saludos
Los dividendos son claramente de la sociedad de gananciales. La diiscusion suele versar cuando el producto financiero da los beneficios como plusvalia y esta no se ha realizado en el momento de la interposicion de la demanda,
CUalquier activo patrimonial se presupone de la sociedad de gananciales salvo prueba en contrario. Asi por ejemplo un piso heredado no tiene mayor problema en ser considerado privativo, cuando ese mismo piso se vende y se compra uno nuevo empiezan los problemas, de prueba y de discusiones sobre si el plusvalorrecivido por la venta del inmueble son privativos o de la sociedad de gnanciales
Siempre he oido que las herencias y los bienes antes del matrimonio son privativos si se mantienen en cuentas separadas, pero mi pregunta es la siguiente:
si cobro una herencia y meto el dinero en un fondo de inversion, la revalorizacion del fondo durante el matrimonio entiendo que es privativa, pero no se si por ejemplo tengo una sociedad con actividad de antes del matrimonio o de una herencia , si los dividendos de durante los años del matrimonio siguen siendo privativos.
Si la respuesta es que si, entonces podria ser mejor para una separacion que mi negocio personal tuviese una personalidad juridica antes de casarme en vez de ser un autonomo y que todos los bienes se consideren gananciales´