Ya le digo Marco_Antonio.
Estaba leyendo, y pensaba lo mismo que usted.
A eso se le llama "nadar y gua.rdar la ropa".
En todo caso, a esto nos esta empujando este Gobierno Socialista, a lo tuyo, tuyo, y lo mio, mio. Sobre todo, en el caso de los hombres, que son quien en mayor medida quedan más desamparados por estas nuevas leyes.
1996 un matiz, eso lo debería haber hecho desde el primer momento y se hubiese dejado la cuenta intacta. Si la cuenta ha tenido activiad a partir de la fecha del matrimonico, con movimientos al alza y a la baja, el caracter privativo lo habrá ido perdiendo y en todo caso sería sólo privativo el saldo mínimo que hubiese tenido.
De todos modos, salvo que sea un capital considerable, no saldría a cuenta en caso de divorcio llegar a un contencioso, pues los gastos se lo comerían.
Soypilu tu nomina es ganancial. Si estás considerando que el saldo de esa cuenta es tuyo porque ahí recibes tu nomina, la verdad es que no es así. Ahora mismo estas mezclando lo que habia antes de la boda (que si es privativo) con los ingresos y gastos despues de la boda que son gananciales.
Si realmente quieres independizar los ahorros que tuvieras antes de casarte, abre una nueva cuenta para que te ingresen la nómina y deja en la cuenta antigua el saldo que tenia al principio.
Perdona pero no termino de entenderte ...quiere decir que si lo pongo de cotitular le pertenece la mitad de lo que hay ?aunque el dinero que hay en esa cuenta es anterior al matrimonio y esté domiciliada mi nomina ahí ?.
Gracias,
El dinero anterior al matrimonio, demostrado, es privativo tuyo. Si incluyes como co-titular a tu marido, equivale a una donación del 50%. Lo que si debo decirte es que los intereses de esa cuenta, son gananciales. Sociedad ganancial, se comparten las ganancias. El capital es tuyo, pero los intereses son de los dos.
En caso de separación, si la cuenta está constituida por dinero anterior al matrimonio, continua siendo privativa. Si compras algo con ese dinero, ten la precaución de "dejar rastro", es decir paga mediante transferencia, ò domiciliación en la cuenta, nunca en efectivo, así podrás demostrar que lo comprado lo has pagado exclusivamente con dinero privativo, y será tambien un bien privativo. Cambias dinero por bienes.
Si pagas parcialmente algo, tienes derecho al reembolso, en el supuesto de la liquidación de la sociedad ganancial.
Y otra cosa.., si incluyo a mi marido en una cuenta que yo tengo anterior al matrimonio como titular, en la cual hay dinero anterior al casamiento (sería equivalente a un bien privativo ) sería titular de la mitad de ese dinero a todos los efectos ?, y en caso de que la cuenta esté unicamente a mi nombre en caso de separación el podría solicitar la mitad de todo lo que hay aunque fuese mi dinero únicamente ¿. Disculpad todas estas preguntas pero he vivido de cerca una separación y quiero tener todo amarrado ...nunca se sabe como puede venir la cosa ...
Si estais casados en gananciales, da lo mismo, todo es de los dos. Da igual si tiene nómina uno, ó los dos, lo que se gana es de los dos por igual. La propia palabra lo dice, sociedad ganancial significa que se comparten las ganancias. Sería distinto si hubiera separación de bienes.
El donde deseen ustedes abrir sus cuentas bancarias, y las domiciliaciones/gestiones que repercutan sobre cada una de ellas, no afecta para nada a los bienes gananciales..
Da lo mismo si el préstamo hipotecario se abona con la nomina de su esposo, o con la suya. No tema por eso.
Hola,
Mi consulta es en relación a una duda que me surge. Estoy casada con mi marido en régimen de bienes gananciales. Nos compramos una casa que pagamos a medias y ahora hemos decido que con la nomina de mi marido domicilida en el banco que nos concedió la hipoteca pagar la cuota mensual con mi nomina domiciliada en otro banco todo lo demás. Las escrituras de la casa está a nombre de los dos y el préstamo hipotecario igualmente. Ambos somos titulares de las dos cuentas.
Mi pregunta es el que mi marido pague la hipoteca con su nómina puede influir en caso de separación en algo perjucial para mi ...ya que a todos los efectos el que paga el préstamo es el.
Es conveniente que lo cambie o a efectos legales no tiene ninguna importancia.
Muchas gracias,