Hola, por procedencia es un privativo, a la postre todo depende de la prueba sobre la cantidad recibida por herencia y que se ingresó en una cuenta común.
Si el dinero se ha gastado por la sociedad de gananciales tu mujer tendría un crédito frente a la sociedad de gananciales.
Si no se ha gastado los intereses que produce esa cantidad son gananciales.
Procedente de una herencia de mi esposa, ingresamos un dinero en una cuenta corriente a nombre de los dos, este hecho, se pueden considerar como bienes gananciales. Un saludo.