Mi esposa y yo tenemos regimen de gananciales. Se ha liquidado un empresa de mi familia , por lo que he recibido en proporcion a la participacion un dinero, que ha ido a la cuenta mutua y se ha mezclado con otros ingresos.
Dado que no se trata de herencia . El dinero recibido se considera ganancial o privativo?
Por otro lado , yo cuando me casè hace 30 años en gananciales tenia unos ahorros de 30000000 ede pts., ahorrados de soltero. ese dinero se ha mezclado con el tiempo con los ingresos gananciales ,Como puedo demostrarlo, si he extraviado la declaraciòn de IRPF de esas fechas? y no tengo extratos de las ctas.?
Pues es complicado. Vamos por partes. Los ahorros que tenía Vd. de soltero se pueden considerar una aportación a la sociedad ganancial, ya que así lo hizo Vd., al ingresarlos en la cuenta común. En el supuesto de liquidación de la sociedad ganancial, que supongo es lo que ahora se plantea, tendría que demostrar que ese efectivo existía, vía extractos o por certificado de la Entidad Bancaria, y si podría solicitar que la sociedad ganancial tiene una deuda con Vd.
En cuanto a la liquidación del negocio familiar, es la parte que veo mas complicada. Tenga en cuenta que Vd. está casado bajo el régimen de gananciales, es decir, comparte con su esposa todas las ganancias, provengan de donde provengan, por lo que en esa liquidación habría que desglosar que parte es capital (que sería privativo) y que parte es ganancia (que sería ganancial). Aunque en principio parece simple, ya que Vd. puede decir...la valoración de la empresa pura y dura es capital y el resto es plusvalia (ganancial).. tendríamos que analizar que parte de los beneficios que se hayan generado a lo largo del tiempo del matrimonio (que son gananciales) se han reinvertido en la empresa, por lo que esa revalorización sería ganancial.