Muy Buenas.
Mi problema es el siguiente: Recientemente hemos realizado la compra de un inmueble en la Comunidad Valenciana. Para dicha compra, mi padre me donó una cantidad menor de 40.000 €. El problema viene porque tanto mi padre y yo residimos en la Comunidad de Murcia, y exigían que la vivienda comprada fuese en dicha Comunidad murciana. Lo que hice fué empadronarme un mes antes en la Comunidad Valenciana. Ahora me dicen que debería estar empadronado 3 años antes de la donación. Yo me he leído 200 veces los articulos de dicha ley actualizada para Enero 2008, y no veo nada al respecto.
Aqui te dejo un enlace por si quieres verlo:
http://www.gva.es/c_economia/web/html/Hacienda_BeneficiosFiscales2008_SD_c.htm
Necesito ayuda lo más rápido posible, ya que me quedan sólo 15 días para tramitarlo todo, debido a que debe ser a través de escritura pública.
Hola de nuevo.
Ahora resulta que no son 3, sino 5 años los que hay que
estar empadronado en la Comunidad.
O sea, que tengo que saber cinco años antes dónde me voy a comprar la casa. O decirle al constructor que me espero 5 años para escriturar.
Menudo cachondeo!!
Me hubiese salido más rentable no haber declarado dicho dinero y haber escriturado el inmueble en menos valor.
La ley está hecha para el estafador que no sabe de qué forma blanquear tanta suma de dinero, y no para una pobre pareja de jóvenes que les han tenido que prestar un dinero ante la negativa de la concesión de la hipoteca.
Necesito ayuda, si hay alguna forma de solucionar este entuerto. Porque me temo en las siguientes declaraciones de la renta me voy a llevar un gran susto.
Buenos días.
Nadie está lo suficientemente informado para poder ayudarme?
Lo agradecería muchísimo, ya que llevo una semana sin saber nada, y un poco inquieto.