Creo, salvo mejor opinión, que no existe ningún tipo de beneficio fiscal.
La sociedad, en egenral, es igual a las demás, en este caso a otra de responsabilidad limitada, aunque con ciertas especificidades tales como:
- En su constitución, necesidad de presentar al notario un certificado colegial por cada uno de los socios profesionales.
- Obligación de disponer de un seguro que cubra la responsabilidad en la que puedan incurrir en el ejercicio de su actividad.
- De las deudas sociales que se deriven de los actos profesionales propiamente dichos responderán solidariamente la sociedad y los profesionales, socios o no, que hayan actuado, siéndoles de aplicación las reglas generales sobre la responsabilidad contractual o extracontractual que correspondan, etc.
Hola a todos!
Tengo actualmente una sociedad SL, que presta servicios odontológicos conformada por mi esposo y yo que somos los profesionales, pero ahora nos exige la franquicia donde trabajamos pasarnos a SLP, quisiera saber si existe algun beneficio fiscal u otros? o simplemente ampliar la responsabilidad como sociedad?