Hola:
He oído hablar mucho de aceptar herencia a beneficio de inventario y aunque sé, grosso modo, en qué consiste, agradecería me aclaraseis algo más.
¿es suficiente con que se declare ante el notario que se acepta de esa manera? ¿quién se supone que realiza el inventario? ¿conlleva gastos? ¿qué ocurriría en caso de que al cabo de un tiempo apareciesen acreedores que se desconocen? ¿habría que esperar un tiempo para tomar posesión de los bienes de la herencia en previsión de que apareciesen acreedores, y cuánto tiempo sería?. Os agradecería muchísimo la respuesta