Buenas a todos, a ver, os cuento.
Clienta divorciada con custodia compartida.
A ella, por su situación económica, le han concedido becas de comedor para sus hijos. Su ex pareja no las ha solicitado pero es que nunca se las hubieran concedido.
El caso es que ahora él pide que al dinero que se destina al 50% para pagar el comedor se le reste esa beca, y el resto lo paguen al 50% igualmente.
Si así lo hicieran, él se vería beneficiado de una beca que (aunque es para los niños, obvio) se la han concedido a ella por su situación personal.
Yo soy de la opinión que esa beca se ha de descontar del % que ella ha de pagar, no del de él, pero solo por sentido común, porque realmente no encuentro nada que me respalde dicha tesis.
¿me podéis ayudar? gracias!
Habría que ver detalles de esa beca. Normalmente se evalúan los ingresos de ambos progenitores, que se suman, no de uno, lo pida quien lo pida, porque no tendría sentido que estando con los dos tengas derecho por estar tus padres separados pero si sigues juntos no aun cobrando menos. Por otro lado tampoco lo veo igual si se lo dan a ella o directamente al centro, que al menos por aquí era la práctica habitual. Si es así, seguirán pagando al 50% el recibo que pase la empresa de comedor solo que el importe será menor. Pero lo dicho, depende.
Pero tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar, en este caso, de la madre con los hijos, no del padre, que vive con otra pareja y que no lo ha pedido y de haberlo pedido, igual no se lo conceden.
Es que en ese caso, se beneficiaría el padre que no reúne los requisitos y saldría "perjudicada" la madre que pudiendo verse liberada de un pago (como cualquiera de nosotros) tiene que compartirlo...
Bufff.
No sé, si es que puede ser pero me parece muy raro: en mi caso y para casi todo lo que conozco nos cuentan tanto mis ingresos como los de su madre por estar en compartida, pero si lo hacen así en alguna administración habrá que ver las condiciones. Otra cosa sería si tuviera la custodia ella, pero si están en compartida y se la dan al hijo, el hijo forma parte de las dos unidades familiares a efectos fiscales y demás, no de una.
Si es un ingreso que se da a la familia, directamente, en transferencia, pues sí, es para ella. Si es para el menor este pertenece a ambos, y la madre perjudicada no sale, tendrá que pagar la mitad de lo que pagaba antes, igual que el padre. Y si se paga directamente al comedor escolar o al colegio, pues lo mismo, sale beneficiada tanto como el padre, pero se sigue aplicando el convenio, y si este dice que se paga a medias, pues se paga a medias. Dependerá de cómo se haga.