Hola Condedecartegana, lo primero agradecerle todas sus respuestas. Mi pregunta iba en relación, a los puestos de becario que ofrecen algunas empresas, que como requisito tienes que estar matriculado en la universidad, y realizan una especie como de convenido. Tu vas a "trabajar" o mejor dicho "formarte" durante por ejemplo 5 horas, y no realizan ningún tipo de contrato, por ejemplo en las becas del congreso, senado...etc cobras una pequeña cantidad por ir. Anteriormente no se cotizaba, pero ahora con el nuevo decreto se da la posibilidad de cotizar. Si yo soy extranjera, y tuviera una beca de ese tipo en alguna empresa, ¿ahora como quedaría? ya no podría optar a este tipo de becas al ser extranjera al tener que cotizar? sobre lo que usted explica, entiendo perfectamente que haya que tramitar la autorización al ser un contrato, y si es una beca dónde no había contrato de por medio? Muchísimas gracias y disculpe las molestias.
Hola. Si usted tiene una autorización de estancia por estudios, para poder trabajar necesitará su empleador tramitar para usted una autorización administrativa para trabajar. El contrato deberá formalizarse mediante la modalidad de contrato a tiempo parcial y por su propia naturaleza, no permite cotizar por desempleo. Cualquier contrato que se pretenda celebrar con un extranjero extracomunitario que se halle en España en situación de estancia por estudios, tendrá que ajustarse a esta modalidad. Debe tener en cuenta que estos contratos de trabajo para estudiantes están concebidos como una posibilidad de obtención de un complemento a los recursos que el estudiante ya posee y no como el medio principal de subsistencia del estudiante.
Hola, me gustaria que me dieran información relativa a los becarios extranjeros de las distintas expresas, ya que ahora se da la posibilidad de cotizar a la seguridad. Si me dicen en una empresa que me contratan como becario al tener una visa de estudiante se podria con el nuevo decreto? No se en que situación estaríamos. Muchas gracias!