Me compré un piso de obra nueva en el año 2008. És una comunidad pequeña, de tan solo 4 vecinos. La finca tiene ascensor pero aun NO esta puesto en marcha por diversos temas:
- El constructor no dio los servicios de alta para que funcionara alegando que como aun faltaba un piso por vender.
- Hay un propietario que debido a que posee el 49% de cuoficiente tiene que pagar casi la mitad de gastos de comunidad y dice que no puede hacer-se cargo de mas gastos que no sean luz de escalera.
Mis preguntas son:
1. El constructor esta obligado a dar de alta todos los servicios para la puesta en marcha del ascensor? Se puede negar de alguna manera?
2. Los propietarios que poseen el 49% se pueden negar a poner el ascensor por motivos económicos?
Respondiendo en el mismo orden:
1.- Si a Ud le vendieron un piso con ascensor (debería haberse firmado con el contrato privado una anexo con las calidades), sí, tiene obligación. La escusa de que falta un piso por vender no sirve. En su contrato seguro que no aparece nada de que si no se venden todos no tiene ascensor, o luz, o agua o televisión.......
2.- No. Esa persona ha comprado un piso con unas características (incluido el ascensor), y debe aportar dinero para su conservación en función de su cuota de participación. Si tiene un 49%, pues le tocará pagar más que el que tenga un 23%, por ejemplo....... Si no pagan serán morosos, y en un momento dado podrán reclamarles la deuda por vía judicial.
Es decir que estos vecinos no se pueden negar a ponerlo aunque posean el 49 % de cuoficiente? Esque yo lo voy a necesitar y tengo miedo que no se pueda poner porque se nieguen.
Si no lo he entendido mal como el piso ya venia con el ascensor nadie se puede negar a que se ponga. Supongo que seria diferente si la finca no tiene ascensor y algún vecino pida de hacer las obras pertinentes para ponerlo. Entonces se tendria que votar en la reunión de la comunidad.
ESTE ES OTRO TEMA QUE HE INICIADO Y QUE TAMBIÉN TIENE QUE VER CON EL ASCENSOR.
En mi comunidad la maquinaria del ascensor esta en el parking de la finca. Resulta que el constructor ha vendido única y exclusivamente el parking entero a uno de los propietarios con lo cual los demás vecinos no tenemos acceso. Mis preguntas son?
- esto que ha hecho el constructor es legal?
- esta obligado el propietario del parking a darnos una llave por si algún día hay problemas con la maquinaria del ascensor (pq alguien se ha quedado encerrado por ejemplo) y el no se encuentra en casa?
A la primera parte:
- Efectivamente, sería diferente si no existe y se quiere poner. Debería votarse en Junta y se necesitaría el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Ojo, el mismo número de votos sería necesario para suprimirlo.....
A la segunda parte:
- ¿Le ha vendio el parking, o las plazas de garaje que hay en él??? Es que es diferente una cosa y la otra....
Si le ha vendido el parking, se supone que son fincas registrables independientes a la de la comunidad, por lo que para que esté el cuarto de máquinas allí, debería haber una servidumbre o algo......
Si lo que ha vendido han sido todas las plazas de garaje, Vds. tienen todo el derecho del mundo, salvo acuerdo en contrario, de acceder al parking, aunque sea para darse una vuelta....dado que es una zona común. Por otro lado, si se le permite a esta persona tener su uso exclusivo ya que es el propietario de todas las plazas, tiene la obligación de dar acceso para realizar en él todas las reparaciones necesarias o mantenimiento del ascensor en este caso. También por esa zona discurrirán seguro bajantes del edificio y otros servicios comunes.
Se me olvidaba, este vecino no aparca 4 coches sinó que lo usa también para tener nevera, congelador, hace trabajos de carpinteria dentro, ha puesto un lavabo (no se con que agua funciona), etc
Ahhhhhhhhh este veciono es el que tiene el 49% por lo tanto también si no me equivoco tiene las 3/5 partes de decisión de si se pone en marcha el ascensor o no.
osea que lo tenemos chungo los demas vecinos para poder decidir...
No lo tienen chungo, ya que 3/5 partes es un 60% de toda la vida......
Si el resto de vecinos está tan harto de que este vecino haga lo que le dé la gana, pida reunión extraordinaria para hablar del tema y si lo creen oportuno pueden llegar a demandarle para que restaure las cosas o su estado original, dado que las plazas de parking son para aparcar, no para montar un lavabo (con agua seguro de la comunidad, ni para tener congeladores....etc), así como que no puede prohibir el acceso al parking al resto de vecinos (no pueden utilizar las plazas, pero pueden bajar a estar fresquitos en verano, por ejemplo.......)
Tiene que pagarlo igual, lo venda o no, ya que con la casa se vendía el ascensor. Otra cosa es que ahora no tenga dinero y no quiera ponerlo hasta que "recoga" el dinero de la venta, pero tiene que pagarlo igual. Puedes ir a la oficina del consumidor de tu ayuntamiento y poner una queja.