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Base reguladora I.T.

2 Comentarios
 
Base reguladora i.t.
23/09/2004 11:45
Es una baja por accidente de trabajo. Ya sé que la base reguladora es la suma de: (Base cotización mes anterior excluyendo horas extra / días a los que se refiere) + (Base por horas extras del año anterior a la baja / 365)

Mi duda viene con la segunda parte. ¿Qué pasa si no trabajó todo el año anterior? ¿Se divide invariablemente entre 365, o entre los días que estuvo en alta?

La lógica dice que entre los días que estuvo de alta, pero la redacción legal...
23/09/2004 18:35
Hola.

Es lógica tu lógica. Así debe de ser.

Saludos.
23/09/2004 18:41
Hola Dani:
Estoy de acuerdo contigo en que la redacción a veces no aclara nada y entonces hay que interpretar o entender y en caso de discrepancia acudir al Juzgado.

Pero en este caso, en mi opinión, hay que dividir por los días que estuvo de alta. Un caso parecido es cuando el trabajador es alta inicial en el mes en el cual se produce el accidente y en estos casos no se puede tomar la base de cotización del mes anterior y lo que se hace es tomar la cotización de los días efectivamente trabajados y dividir por los días cotizados.

Salvo otro mejor criterio.

Saludos.