Buenos dias: ando a la gresca con mi empresa ya que en junio del 2020 sufri baja IT contingencias comunes, me dieron el alta y en septiembre 2021 he tenido recaida de esa baja. Para el calculo de la base reguladora de la recaida, se toma la del mes anterior a la baja o la del mes anterior a la recaida? donde viene regulado? gracias
Sobre la base reguladora que hay que tomar de referencia es discutible, ya que existe alguna sentencia que indica que hay que coger la primera base , y sin embargo en otras se ha establecido que es la segunda la que debe establecer la cuantía de la baja.
Hola, tienes alguna sentencia a mano?
Es que he mirado en la LGSS y no he encontrado regulacion alguna salvo una especifica en la web de la seguridad social para el regimen de empleadas del hogar que indica en recaida BR la del mes anterior a la recaida....