60€ es el salario diario que sale de dividir la BCC del mes anterior entre 30 días (ya que es mensual) para el cálculo de la prestación. Si en este tipo de IT, los 3 primeros días no se cobran, entiendo que la base es cero. El cobra como un mes normal porque tiene el complemento de IT, pero ese complemento CRA 55, según la tabla de CRAS, está excluido de la BBCC, con independencia de que quede afecto al IRPF.
O nos enseñan muy mal y yo entiendo fatal, o algo falla.
Aparentemente en eso está la trampa del ejercicio le corresponde cobrar los 30 días del mes, sino que ciencia tendría q5 sea un solo día de IT, la cuestión es que en el bruto de la nómina saldrían 1740 € en vez de 1800 €.
Otra discusión posible es si el compl. IT debe asumirlo la empresa en su totalidad, ya que he visto muchas demandas en las que la empresa que al tener que complementar el 100 % no corresponde ya que no sería complementar sería abonar el 100 % mientras que otros pensamos que si hay complemento, (como en este caso, del 100 %) y la Seg Soc no abona nada debe ser la empresa quién aboné por el total.
smo
Vera, yo soy un simple RLT y no tengo ni idea del sistema RED para la confección de la nómina pero si un trabajador me viene con una nómina como usted describe (30 días a 60 € 1800 €) y usted me dice que va a poner 29 días a 60 € y 1 a 0 € el resultado son 1740 € para mí está nómina está mal y digo al dpto de RRHH que falta un día de cotización que si tributa IRPF.
smo
Gracias por la respuesta. Con BR me refería a la base del mes anterior. Si dice el supuesto que hay complemento por IT del 100%, pero, nos ha dicho que al ser una percepción diferente y declararse como complemento de IT y tener su propio CRA, en el tema de las bases por tramos no influía.
1 la BR es la base reguladora y la que se toma por cont comunes es la Base por cont comunes del mes anterior a la baja.
2 el día de IT si se toma las prestaciones correspondientes a la Seg Soc serían 0 € por hay que acudir al conv colect. por si hubiese algún complemento IT.
Hay muchos convenios que por cont como. durante la primera baja del año, abonan el 50 % durante esos 3 primeros días.
Entiendo que en el caso práctico no se menciona el convenio por lo que sería correcto aplicar 0 € a ese día de IT.
Buenas tardes:
Estoy aprendiendo a hacer nóminas y usar Sistema Red.
Me han puesto un caso de un trabajador que tiene tres tramos:
1 de 5 días trabajados
2 de 1 día de baja por enfermedad común
3 de 24 días trabajados
BR mes anterior 1.800€ (base diaria 60€).
Mi duda es, ¿la base a declarar por el día de baja es 0 ya que está dentro de los tres primeros días que no cobraría nada?