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¿baremo de pensiones?

7 Comentarios
 
02/04/2003 22:55
pues mira que yo sepa no. salvo en caso muy excepcionales se puede conceder una pension compensatoria. de todos modos, es mucho mejor para este hombre que se case por separacion de bienes, si no es por ahora, en un futuro le dará menos problemas.(lo unico que no cambia es la pension de viudedad, que da igual si estas casada/o por bienes gananciales o por separacion de bienes).
01/04/2003 22:51
Si existen hijos menores,,da exactamente igual separación de bienes que gananciales porque el uso del domicilio conyugal será para los hijos independientemente de quien sea el propietario (el marido, la madre, el abuelo,la tia,etc)y las letras habra de pagarlas el propietaio igualmente.
La pension compensatoria,,¿quereis decir que si se esta en separacion de bienes no se concede?
01/04/2003 20:01
:)))...sasto.
01/04/2003 15:23
Hola nicole, mi consejo para este chico, es exactamente igual al tuyo, separación de bienes antes del matrimonio, al igual que tú soy "segunda esposa", y sé las malas consecuencas que trae el no hacerlo. Y además el hecho ya de tener que plantearse esto antes de casarse, es un claro indicio de que es necesaria. E incluso por mucho amor que se le tenga a una persona, también es bueno, porque incluso se la puede llegar a perjudicar sin quererlo. Saludos.
29/03/2003 19:47
Puede consultar el articulo publicado en nuestra web sobre la pensión compensatoria:

http://www.ruizdelorden-abogados.com/portal/articulo4.htm

Atentamente.-
29/03/2003 19:02
El uso de la vivienda, que no el usufructo se concede a los hijos y al progenitor que quede a su cuidado, en caso de no haber hijos se concedería el uso por un tiempo determinado al cónyuge cuyo interes resulte ser el mas necesitado de protección; la pensióm compensatoria se concede según el tiempo de duración del matrimonio, la edad y capacitación de quien la solicita para trabajar.A mujeres jovenes, y con escasa duracion del matrimonio como mucho se conceden unos 6 meses. No hay baremo, porque depende vuestras necesidades respectivas y de los ingresos del obligado al pago.
29/03/2003 15:45
si te vas a casar lo mejor es que hagas capitulaciones antes de contraer matrimonio, y te cases por separacion de bienes, y no por gananciales.asi, si un dia os separais, lo tuyo es lo tuyo, y lo suyo es lo suyo, y no tienes, en general que pasarle pension compensatoria.si ella no accede a esto, piensatelo mucho.quizas busque otra cosa que amor ....
por haber convivido no tiene derecho a pension alguna. pero si os casais por bienes gananciales, cada año cuenta, y en caso de separacion, ella podria pedirte una pension compensatoria.....no suele haber un baremo, es segun más o menos lo que percibes de sueldo, y sobre esto el juez lo decide, pero es siempre verte durante toda la vida atado a pagarle una parte de tu sueldo, por eso te digo, que no te cases por bienes gananciales.muchos hombres, desgraciadamente de la generacion anterior, la cual se casaban ciegamente por gananciales, ven, una vez divorciados, sus vidas desequilibradas economicamente por culpa de pasar pensiones compensatorias a sus "exes", amén de pleitos por un centimo, más o menos......es un consejo, de una "segunda esposa", que ha vivido de muy cerca el tema.saludos:))
¿baremo de pensiones?
29/03/2003 03:53
Hola,

Estoy pensando en casarme, pero por distintos motivos se trata de un matrimonio bastante arriesgado, aunque no existe otra solución para nuestra situación.

Desearía saber si caso de divorcio, si ella no tiene trabajo (ni estudios), tendría derecho de usufructo a la vivienda conyugal, y si yo estaría obligado a seguir pagando las cuantiosas letras.

También quisiera saber si habiendo convivido, digamos, 2 años, ella tendría (en los mismos supuestos de desempleo) derecho a una pensión, y de qué cuantía (aprox.) podría ser. ¿Existe un baremo para la cuantía?.

Agradezco de corazón cualquier respuesta que me ayude a resolver esta situación. Gracias por leer el mensaje y un saludo afectuoso,

Carlos J.