El bar tiene chimenea de origen, antes había una clínica con cocina. Es decir ya hubo una industria ahi.
Figuran para locales comerciales.
El ayuntamiento ya dio licencia, o sea, según ellos si se puede, además de un estudio previo de viabilidad firmado por ellos. Imagino que en caso de juicio y de que se la revocaran, tendría que haber una indemnización, si es que lo que dice el abogado de los vecinos es cierto.
¿Necesita el bar de la instalación de una chimenea de salida de humos o ya estaba instalada al hacer el edificio?.
¿Han accedido en el Ayuntamiento, al proyecto que se presentó para obtener licencia de edificación?.
¿Han consultado en el Ayuntamiento, las normas urbanísticas de esa zona, en relación a locales en planta baja y las zonas bajo rasante?.
Xdye, de nada sirve que en determinados lugares existan bares funcionando entre viviendas, la normativa de aplicación es la autonómica y municipal.
No obstante decir que la normativa de accesibilidad, seguridad y salubridad de las personas, deben garantizarse siempre en cualquier actividad. Es en el proyecto presentado para solicitar la licencia de actividad, el documento que debe justificar el cumplimiento de esos requisitos. De ahí que dijera que si el ayuntamiento ha dado el placet la comunidad nada puede objetar, si el título constitutivo de la propiedad horizontal no dice que en el edificio no puede desarrollarse esa actividad.
Es decir, podría darse el caso que lo que es perfectamente legal en Marbella ( Málaga ), en Palamós ( Gerona ) no lo fuera, o viceversa.
A nivel internacional la normativa puede ser diferente, aqui hay mucha "burrocracia" sobre todo a nivel de industria para bares. Accesos a minusválidos y baños, extracción... Etc por eso el ejemplo nacional, es el que mas me interesa. Si conoce algún restaurante o bar encima de un apartamento, además del de Galicia, o alguien conoce alguno, se lo agradeceré...
por poner un ejemplo que tengo muy próximo, la Unidad Vecinal nº 3, del Barrio de las Flores, en A Coruña, nada menos que del arquitecto José Antonio Corrales
por poner ejemplo internacional, Las Unidades de Habitación, nada menos que del arquitecto Le Corbusier
realmente estas planta comerciales, intercaladas entre plantas de viviendas, no han tenido éxito ... pero eso es otro tema y tiene su fundamento en las limitaciones de accesibilidad y de mercado potencial
es frecuente la presencia de restaurantes en las plantas superiores de los edificios especialmente altos, aunque es también frecuente que su uso mayoritario sea de oficinas
solo por poner un ejemplo relevante de diversos usos por niveles, intercalando espacios comerciales entre plantas residenciales, habría que citar el edificio más alto del mundo, la Torre Khalifa, en Dubai.
lo de la prescripción lo había dado por supuesto, e incluso que pudieran ser legales (conformes con el planeamiento) dada la diferencia de nivel de las dos calles. Hay suficientes ejemplos de ello como para no descartarlo inicialmente, e incluso hay edificios "de reconocido valor arquitectónico" en los que se han intercalado plantas comerciales entre plantas de vivienda.
no pasa de anecdótico el hecho de que los vecinos sean extranjeros, ya que lo mismo podría ocurrir si fueran españoles. Es comprensible que agudicemos los sentidos ante lo "distinto" por el simple hecho de que no sentimos la seguridad de poder prever sus reacciones, máxime si no entendemos su lenguaje, pero es algo a lo que debemos de acostumbrarnos desde la profunda convicción de que somos mucho más iguales de lo que puede parecernos a primera vista. Además, esos extranjeros colaboran a nuestro enriquecimiento.
en cuanto al tema principal, creo que puede relajar su nivel de preocupación, y lo mismo esos chicos.
Alga, te explico, el -1, si das la vuelta al edifico, tienes que bajar una calle bordeandolo. digamos por una cara ves el bar y encima dos plantas, y por el otro lado, ves 4 pisos, el bar y los dos pisos mas de encima.
te dejo dibujo de corte lateral, para que os hagais una idea... copialo en el navegador....
el edificio no tiene primera ocupacion, pero si tiene 25 años y certificado de prescripcion urbanistica.
en los estatutos de la comunidad no hay nada en referencia a esto de no poner industrias en ese local, de hecho habia una clinica ahi antes con su licencia por industria y ayuntamiento.
gracias por vuestra ayuda, me da un respiro para los chicos. el problema es lo que lo vecinos son rusos e ingleses y no quieren españoles en el edificio, la ultima reunion de comunidad no habia interpretes para mi, se tuvo que parar hasta que llego uno.
en fin....no parece que estemos en españa. gracias. de nuevo
Quiero decir, ¿ dispone de licencia de ocupación o cédula de habitabilidad ?, me parece extraño que una vivienda bajo rasante sea habitable.
Por lo demás, totalmente de acuerdo con lo indicado por Veo. Si el título constitutivo de la propiedad horizontal no prohibe la instalación del bar y éste cumple la normativa municipal ( como parece ), creo que la comunidad puede decir " misa ".
es posible que sea legal desde el punto de vista urbanístico, y lo indicará el planeamiento
no conozco ni una sola norma que prohíba la existencia de un bar cuando existen viviendas arriba y abajo, por mucho que no sea habitual
si acaso, consulte los estatutos de la comunidad
Hola, mi pregunta es la siguiente. He alquilado un local a unos chicos que han montado un bar, estan en tramites pero ya con proyecto sellado en industria y licencia provisional por juramento municipal por decirlo de algun modo, de que cumplen el proyecto, segun la nueva ley de agilizacion de licencias. Tambien tienen un certificado del ayuntamiento que ahi puede ir un bar.
La comunidad los lleva a juicio, imagino que tambien al ayuntamiento, porque dicen que no puede ir entre dos viviendas, una por encima y otra por debajo. Me explico. Por la entrda principal al edificio donde esta el bar, es a nivel de calle, con sus accesos a n¡minusvalidos etc, y es planta cero. Hasta ahi correcto, pero por la calle de atras, se ve planta -1 hasta -4. Es decir hay pisos debajo del bar. El caso es que la comunidad se aferra a eso para sacarlos de ahi, aunque cumplen con todo lo demas. Nadie me sabe decir. La cosa es que ellos tienen certificado de que ahi si pueden montarse, ni en ayuntamiento ni en industria dicen nada de las plantas que estan por debajo en calle de atras. Es legal o no este bar? No se si me he explicado bien.....saludos y gracias.