Me pongo en contacto con vosotros para ver si me podeis ayudar con el asunto que me lleva de cabeza, y que en su momento tuve alguna sentencia al respecto, pero ahora no las encuentro.
El asunto es el siguiente:
Un cliente de un banco reclama a éste judicialmente y obtiene una sentencia favorable, condenando al pago de una cantidad, junto con las costas.
El banco, en cumplimiento de esta sentencia, y sin haber iniciado ejecución de sentencia, voluntariamente abona al cliente la cantidad adeudada en una cuenta que éste tenía aperturada pero en descubierto, con lo que la cantidad no ha sido recibida de hecho por el cliente, al haber compensado con el saldo deudor, pese a que el banco nunca ha reclamado esta cantidad descubierta.
Quiero recordar que hace algún tiempo pude consultar alguna sentencia en la que establecía que esta actuación no podía considerarse como pago de la deuda, por diversos motivos, entre otros, por la mala fe contractual.