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Baldosas de terraza que ya no se fabrican

5 Comentarios
 
Baldosas de terraza que ya no se fabrican
23/02/2022 12:20
Hola a todos. Tengo la casa alquilada y tuvimos que hacer una pequeña obra en la terraza para solucionar unas goteras que tenía el propietario del local de debajo. Al hacer la obra vimos que las baldosas de la terraza donde había que picar no se fabricaban ya y buscamos unas que eran idénticas de patrón pero no tenían un borde que las otras sí tenían. El espacio era en torno a 1 metro cuadrado. El caso es que los inquilinos nos dieron el visto bueno.
Ahora hemos tenido que picar otra vez (1,5m2) para impermeabilizar otra zona ya que parece ser que se sigue filtrando el agua, e íbamos a poner las mismas baldosas de la otra vez, pero ahora el inquilino insiste en que o le pongo las mismas baldosas que tenía en origen o le cambio toda la terraza.

Tengo obligación de cambiarle toda la terraza por dos metros cuadrados de baldosas que no son exactamente como las originales? O mi obligación es buscar las baldosas que sean lo más parecidas posible a las originales, que ya no se fabrican y no hay manera de conseguir?

Gracias!!
23/02/2022 13:40
Yo diría que ese inquilino se está pasando de listo.
Yo recuerdo haber leido sentencias en las que se rompe una baldosa de la cocina al propietario de una vivienda y el juez dicta que hay que cambiar la cocina completa.
Pero en este caso, amen de que el "perjudicado" no es el inquilino, no parece que haya daño estético porque, si lo he entendido bien, la segunda obra se hace en un sitio independiente del primero por lo que no hay una discontinuidad evidente en la estética de las losetas.
Yo me inclino porque el inquilino no tiene derecho a tanto.
23/02/2022 14:14
Yo opino como Leonjbr: una cosa es que el propietario cumpla con su deber de conservar la vivienda, y otra imponerle un desembolso cuantioso por unas razones de estética tal vez demasiado exigentes.

Me parece que podría usted defender que la postura del inquilino incurre en abuso del derecho:

El artículo 7.2 del Código Civil establece: "La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. ... "

Hay que ponderar si la vivienda es de lujo o es normalita, cuánta renta se paga... pero vamos, en general, yo creo que no hace falta que le ponga usted exactamente las mismas.

Hay que examinar otra cosa en su consulta: ¿es un edificio en régimen de propiedad horizontal, o es usted el único propietario? porque pudiera ser que impermeabilizar una terraza que cumple función de cubierta para el local inferior sea deber de la Comunidad.

¿Cómo interpretan los tribunales la estética cuando es el inquilino el que la modifica, sin que ello suponga menoscabo del inmueble?

Pues por ejemplo, la ST de la Audiencia Provincial de Madrid de 27/07/2009 establece:

“En relación a los defectos que se reiteran como causa de incumplimiento contractual por la parte recurrente,ha de reiterarse como ya consideraba la resolución de instancia, que ni el cambio de color de los azulejos del cuarto de baño, ni el cambio en los tubos de electricidad a tenor de las explicaciones otorgadas en el juicio por la dirección facultativa de la obra, importan defecto o menoscabo alguna de las calidades”.

Y si un inquilino puede cambiar los azulejos de una casa que no es suya ¿cómo no va a poder cambiarlos el propietario?

Y en el mismo sentido, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 08/03/2010: “Cierto es que, a los efectos que tratamos, el cambio de color de la pintura exterior de la vivienda, la instalación del aire acondicionado y, con ciertas dudas, el alicatado de la piscina exterior pueden ser considerados irrelevantes, en cuanto obras no modificadoras de la configuración del chalet en cuestión”

Es decir, que el inquilino puede pintar la casa (por fuera) del color que quiera, y cambiar el alicatado de la piscina, y no pasa nada. Pues entiendo que el casero también podrá.
23/02/2022 16:10
Hoplon
Gracias a ambos por las respuestas. El caso es que firmamos hace un año un contrato de alquiler por 3 años con opción a compra. Vinieron a ver la vivienda 3 veces, les dejé el primer mes gratis para que fueran haciendo el cambio y vieran si se sentían cómodos. Las condiciones del contrato las pactamos entre las partes y considero que con unas condiciones bastante normales e incluso favorables a sus intereses (12.000€ de prima y 600€/mes de alquiler y se descuenta el 100% en la compra). El precio de venta 182.000€.

Después de 10 meses me dicen que no es lo que habían pensado en un principio, que la casa tiene deficiencias entre las que destacaban la falta de aislamiento (en el contrato les adjunté el certificado energético en vigor y obligatorio). Total que me pedían que por sentido común, debía devolverles la prima y perdonarles las penalizaciones a lo que les respondí que había que ceñirse al contrato. Parece ser que no les ha sentado muy bien la respuesta y ahora quieren que les vaya arreglando la casa entera, como está en el deber del propietario hacerlo... Y por eso andan poniéndome pegas con el tema de las baldosas. Y efectivamente es una casa que forma parte de un edificio pero no tiene comunidad de propietarios, y ponerse de acuerdo para arreglar eso entre todos... Misión imposible, y no me parece bien dejarle al del local de debajo con las goteras. Pero lo de las baldosas de la terraza... La continuidad se rompe visualmente de forma mínima pero sobre todo porque las nuevas clarean más por la falta de uso que otra cosa. Me gustaría poder enseñaros una foto.

Insisto, gracias por vuestros amables comentarios.
23/02/2022 19:40
Pues ante esa tesitura permítame que le aconseje que ni un paso atrás, porque si cede ahora con lo de las baldositas, prepárese para lo que venga después.
Ahora mismo el contrato es de alquiler. En esto hay mucha confusión, vamos a ver: los contrato de arrendamiento con opción de compra son en realidad dos contratos: el primero (y principal de arrendamiento) y el segundo el de opción de compra. No son contratos "mixtos" ni contratos "mezclados" ni contratos "comunicados" ni ningún invento raro. Son dos contratos que se celebran al mismo tiempo. Grosso modo y salvando muchísimo las distancias es algo asi como si usted firma un contrato de alquiler de vivienda y además un contrato de (por ejemplo) alquiler de un coche. No pueden "mezclarse" los dos contratos.
Pues bien: ahora mismo lo que tienen los inquilinos es un contrato de alquiler. Y ya está. Por tanto cualquier cosa que le pidan ahora cíñase a ese contrato de alquiler.
En ese sentido me reitero en las respuestas que le hemos dado: el inquilino se está pasando de listo, así que no le haga caso. Haga lo que deba y si quieren demandarle (que no creo) pues ya perderán el pleito.
23/02/2022 21:43
leonjbr
Gracias leonjbr, lo del contrato yo lo tenía claro desde el principio, ya que estuve informándome al respecto. Mi intención era vender la casa pero ellos se interesaron mucho y de hecho me la querían comprar pero no les concedían la hipoteca por esa cantidad y me propusieron esta opción de alquiler con opción a compra. Lo estudié y pensé que no habría mayor pega en venderla de esta manera, primero con un alquiler y cuando llegara el vencimiento, haciendo el contrato de compraventa. Y pensaba que ellos lo tenían igual de claro que yo, sin embargo parece que no.

Mi miedo principalmente es que se hayan rebotado y por no perder la prima, ahora se "venguen" diciéndome cada vez que les tengo que arreglar tal o cual. Yo no tengo problema en arreglar lo que me corresponda como propietario pero me parece un comportamiento bastante infantil por su parte, sobre todo teniendo en cuenta que accedí a esa opción porque ellos insistieron en comprar más que yo en vender. Y les hablé de todo lo que tenía la casa, incluso de los "problemas" que tenía por ejemplo de condensación y que para ello está instalada una máquina. El resto se puede apreciar a simple vista, que es una construcción antigua reformada de manera sencilla pero totalmente habitable. En fin...

Gracias de nuevo por tus palabras, al menos me dejan más tranquilo.