¿Dice usted que esta de it por accidente laboral?, y ¿quien le esta tratando la Seg. Social o la mutua?, asegúrese de que sea la mutua y por supuesto estando de it por accd. de trabajo tiene usted que percibir el 100%, por otra parte dice usted que ya le dieron la nómina de la extra de diciembre y si tiene devengado el año entero excepto el tiempo que esta usted de it no puede resultar esa cantidad, así a primera vista serían unos 1200 € aproximadamente.
Notapor wilson1979 » Vie Nov 25, 2011 10:31 pm
Estoy de baja del 20-10-2011 hasta 01-12-2011 por accidente laboral y me acaba de llegar la nomina de noviembre 1097.90 cuando mi nomina normal es 1316.20 ademas me enviaron la nomina de paga extra de diciembre de 836.51 cuando la de junio fue de 1380 llevo 10 años en la comunidad de vecinos indefinido quisiera asesoramiento en este caso . segun convenio de empleados de fincas de madrid. SEGUN CAPÍTULO VII MEJORAS DE CARACTER SOCIAL
51. Incapacidad temporal.
a) En caso de incapacidad temporal derivada de accidente laboral, la empresa abonará al trabajador accidentado un suplemento en metálico hasta completar el 100 por 100 de la base de cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo del mes anterior a la fecha de la baja, en caso de que el resultado fuese inferior a las
normas establecidas para el abono de salarios a tal efecto prevalecerían las más beneficiosas para el trabajador . agradeciera me dijera si tengo derecho a reclamar lo que me falta de la nomina y la paga extra