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bajas i.t.

3 Comentarios
 
17/02/2012 18:29
Podría decirse así.

Suponinendo que estemos hablando de una situación de trabajo a tiempo completo, se trata de sacar la base diaria, dividiendo la base del mes anterior a la baja entre los días de ese mes.

A esa base diaria, le aplicas los porcentajes correspondientes al periodo de IT en que nos encontremos, ya sea 60% o 75%. De ahí saldrá la prestación IT diaria.

Esa prestación deberás abonarla por cada día de baja, si es todo el mes completo, por tantos días como tenga el mes.
perfil pab
17/02/2012 18:22
es decir que aunque tenga retribución mensual si por ejemplo el mes de enero tiene 31 días, y estuviera todo el mes de baja deberia de multiplicar mi base diaria por 31 días aunque mi retribución sea de 30 ¿no?
17/02/2012 18:13
Hola

La prestación de IT se abona por días naturales, con independencia de tipo de retribución del trabajador.

salud!
Bajas i.t.
perfil pab
17/02/2012 18:12
Hola, la duda que se me presenta es la siguiente:
Cuando se calcula la base por i.t. y el salario o grupo de cotización es diaria no hay duda, pero cuando el salario o grupo de cotización es mensual, es decir todos los meses son de 30 días, si por ejemplo esta de baja durante 3 meses, los días de prestación serían todos los días naturales del mes o se tomarian todos los meses de 30 días? creo que son los días naturales aunque el salario o grupo sea mensual.
Saludos y gracias.