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Bajada de plus de transporte sin preaviso, ¿es legal?

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Bajada de plus de transporte sin preaviso, ¿es legal?
21/08/2018 14:10
Hola a todos y todas, voy a intentar explicar mi caso con el mayor detalle posible.

Trabajo en una empresa desde julio de 2016, en la que me contrataron por 20h a la semana. En mis nóminas venía reflejado un plus de transporte de 1,2007 € por día (y en cada nómina se multiplicaba por 30 días por lo que era un plus mensual de 36,02 €). Desde marzo de 2017 el contrato se mantiene igual, pero firmo un anexo de un puesto de más rango (que no viene reflejado en la nómina pues sigo siendo "vendedor") y por tanto un aumento de horas a 40h.
En la nómina de marzo 2017 me aparecen reflejados 21 días de plus de transporte a 1,2007 € y otros 9 a 0,3167 €. Y desde entonces se me ha venido aplicando ese 0,3167 € al mes (por 30 días son 9,50 €).

En el anexo al contrato al subir de puesto en ningún momento habla de esta modificación (reducción) y aunque el puesto tiene aplicado en la nómina un plus por función de puesto (que no viene incluido en el salario base, sino a parte) lo que vengo cobrando de plus de transporte desde entonces son 9,50 € (excepto si existe alguna baja, que te descuentan el pago de esos días de baja, o en el mes de agosto que no se abona porque tenemos 31 días de vacaciones al año).

Mi pregunta es: ¿es legal que hagan esto?

El convenio que rige mi contrato es el C.C. Estatal de comercio minorista de Droguerías, Perfumerías y Herboristerías. Existía uno vigente hasta diciembre de 2016 en el cual indica el siguiente párrafo en la disposición transitoria QUINTA, punto III, epígrafe D, que dice así: "D) Conceptos no salariales compensadores del transporte (Plus de Transporte, plus distancia o similares): Quienes en el momento de incorporación efectiva a este convenio vinieran percibiendo por Convenio Colectivo Plus de Transporte, distancia o similares compensadores de tal suplido lo mantendrán a título personal en los importes anualizados que hubiesen percibido por tal concepto el año anterior."

En julio de 2017 se publica el nuevo convenio con aplicación desde enero del mismo año y duración hasta diciembre de 2018. En este nuevo convenio no habla de plus de transporte al menos en la Comunidad de Madrid (sí aparecen otros anexos referentes a ello para algunas provincias, pero no especifica nada de Madrid).

Otra de mis preguntas es: Si realmente me corresponde, ¿cómo puedo reclamar el importe que me deben de la diferencia entre el primer plus de transporte y el segundo? ¿Puedo reclamar lo de 2017 también o sólo lo del presente año? He realizado el cálculo de los días que se me ha pagado menos plus de transporte y he aplicado la diferencia y las deducciones y me sale una cifra de 296,85 € que me deben desde marzo 2017 hasta junio 2018 incluidos.

Varias veces hemos intentado hacer llegar a la empresa nuestro descontento con este tema, y nos explican una y otra vez que es así, porque para los puestos de 40h se compensa la diferencia de plus de transporte con el "extra" que nos pagan por el puesto superior (cosa que como dije antes no viene reflejado en la nómina ya que la categoría y sueldo base siguen siendo de vendedor).

Muchas gracias por vuestra atención y ayuda.

Espero leeros pronto. Un abrazo.