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Baja

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Baja
18/02/2011 21:51
Me tienen que realizar una operacion de una mano por un problema denominado " dedo en resorte " la mutua de mi empresa me dice que tiene que ser la Seguridad Social que me intervenga ( trabajo en Cocina ) ( la enfermedad esta catalogada como profesional en el catalogo ) Mi pregunta es si me opero por la Seguridad Social cuando y como cobrare me dicen que minimo son 16 dias de bajas , Segun mi convenio dice lo siguiente:

Artículo 16º.- Incapacidad temporal. Las empresas afectadas por el ámbito de aplicación del
presente Convenio complementarán las prestaciones de Incapacidad Temporal originadas por
accidente de trabajo ocurrido en el centro de trabajo, desde el primer día de contingencia, hasta el
100% del salario bruto mensual del trabajador afectado.
En el resto de contingencias, y siempre y cuando el trabajador tenga acreditados los periodos de
carencia exigidos en la normativa aplicable, se establece una bolsa de 10 días anuales por cada
trabajador durante los cuales éste tendrá derecho a percibir un complemento a cargo de la
empresa que, desde el primer día y hasta agotar los días señalados, complemente la prestación de
Incapacidad Temporal hasta alcanzar el 100% de su salario bruto mensual.
Con independencia de la bolsa de 10 días antes señalada, en las citadas contingencias la
empresa, a partir del 10º día de Incapacidad Temporal garantizará el 100% del salario. Esto quiere decir que cobrare mi salario integro y en sus fechas como hasta ahora . Gracias