Trabajaba en una empresa de servicios, el 12 de marzo presente baja voluntaria sin preaviso pq desde marzo del año pasado y según convenio Telemarketing no es necesario, la empresa me ha descontado 15 días de preaviso y me ha dicho que si los quiero cobrar me los pagaran, pero previa conciliación en el SMAC, la empresa tiene un CIF pero dos nombres ¿ contra cual de ellos tengo poner la papeleta de conciliación?, además la empresa en los 5 meses que he trabajado con ellos nunca pago bien y todos los meses faltaba dinero, en ocasiones nos decia que era una bolsa de vacaciones para que el mes de agosto tambien pudieramos cobrar, ... además de obligar a realizar tareas no muy licitas, como reclamación de pagos indevidos a clientes de la empresa. Situación inaguantable por lo que decidi marcharme sin esperarme a los 15 días.
A,R,S,2 . Si el CC dice que no es necesario el preaviso, el descuento de los 15 dias es contrario a la norma que sin duda es el CC y tu debes interponer demanda de conciliación ante el SMAC y si no hay avenencia o acuerdo, demanda al Juzgado de lo Social. Previamente, para ponerle un poco a tono, formula denuncia ante la Inspeccion de Trabajo en la que debes hacer constar que la empresa, contraveniendo o infringiendo lo previsto en el CC te ha descontado esos 15 dias y solicitas que se dicte resolucion sancionatoria . Si no pago bien, lo que tienes que hacer es reclamar las diferencias salariales que te adeuden. Me extraña mucho que el CC establezca que algun dinero vaya a una bolsa de vacaciones y mucho mas me extraña que sea, ademas, para cobrar en el mes de agosto. Sencillamente increible. Se me antoja una tomadura de pelo que debes denunciarlo antre la Inspeccion Provincial de Trabajo y SS
Si el empresario te descuenta quince días por falta de preaviso contraviniendo lo establecido en el convenio correspondiente y además observas que a lo largo del último año ha habido irregularidades en la nómina, lo que tendrás que hacer es presentar papeleta de conciliación por reclamación de cantidades previa a la vía judicial.
En el contrato debe figurar el nombre de la empresa y el resto de datos que necesitas para identificarla en la papeleta de conciliación. Puede que la empresa tenga un nombre comercial por la que es conocida coloquialmente que nada tiene que ver con la denominación de la empresa a efectos legales (que es la que a tí te interesa). Así por ejemplo, todo el mundo conoce al FC Barcelona Sociedad Anónima Deportiva como "BARÇA", o al Valencia FC como el equipo "CHE".