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Baja voluntaria trabajador

13 Comentarios
 
19/03/2011 11:15
Por lo que cuentas, tienes un empresario como intuia del siglo XVIII.
Te aconsejo que revises todo al final y veas si te pudiera interesar darle un apreton final y reclamar todas las cantidades del ultimo año. Ponte en manos de n profesional, este tipo de personajes con el mero hecho de adevertirles que se les reclaman cantidades en cuante se presenta la papeleta se avienen y suelen pagar porque su prestigio es intachable!
19/03/2011 08:13
Estoy de acuerdo con vosotros. Desde luego apechugaré con lo que venga porque llevo seis años trabajando en notarías (en tres provincias y dos Comunidades Autónomas) y no me he levantado un solo día por la mañana pensando que todo el esfuerzo (horarios de 12 ininterrumpidas, y no cobradas... y demás) sirva para algo. Sí, ejerzo las funciones de la categoría 1ª con el sueldo de la 2ª desde el primer día. Mi sueldo ha sido el mismo céntimo a céntimo desde el primer día que entré y no me ha subido ni el IPC, me sisa en las pagas extras y he tenido que liarla para que me subiera la retención a lo que corresponde... y te aseguro que no he acabado. Sé que hay miles de peores trabajos que el mío, pero no me gusta en absoluto y no creo que cambiara. Tengo 39 años y por fin veo una puerta abierta.. no quiero que nada salga mal. Gracias a todos por vuestros consejos. Saludos y suerte.
18/03/2011 22:20
Totalmente de acuerdo con Sabiondo.
Del resultado de tu explicacion, categoria, ahora me aclaras que realmente ejerces (imagino que tambien cobras como 1ª) por lo que entiendo que tu contrato (de 2ª) se ha modificado al menso verbalmente. Por lo tanto piensa que si tu "actual" categoria es 1ª y como tal la tienes reconocida y la cobras deberías atenerte a lo estipulado para ella en el Convenio Colectivo de aplicacion y si dice 2 meses pues dos meses. Si no tienes tiempo material para ello, pues de la liquidacion algo te descontarán
Mi consejo particular es que, por si acaso, pidas una excedencia voluntaria, nunca se sabe
18/03/2011 20:16
Si tanto cangelo te produce este tema también tienes la posibilidad de quedarte como estás, no?

Quiero decir con esto que tu has tomado un camino, que es esa oposición, que has aprobado, y tomar posesión de tu plaza, no? Y ello conlleva un proceso, dejar tu actual trabajo con la antelación debida, y ya está, hay que apechugar con las posibles malas caras o los reproches, no por ello te vas a meter debajo de una cama, habrá que afrontarlo, no? Igual hasta te llevas una sorpresa y llevan bien que te vayas, por la razón que sea, vete tu a saber.

Un saludo.
18/03/2011 18:22
Perdón, cuando dije causar baja en la primera semana de abril, quería decir "en la primera semana de mayo", o sea, un mes después del preaviso. Disculpad
18/03/2011 18:19
Lo de la categoría lo digo porque según la que figura en mi contrato, el preaviso ha de ser de un mes, mientras que si me hubiera puesto la categoría que realmente ejerzo, que es la 1ª, el preaviso sería de dos meses, y no creo que con tanta anticipación pueda saber la fecha de incorporación al curso en justicia. Si no preaviso, sé que me tiene que dar igualmente de baja, pero me puede retener parte de los haberes.
se supone qeu el curso empieza el 22 de mayo. Yo quería preavisarla el día 1 de abril para causar la baja en la primera semana de abril (quiero dejar margen para gestionar yo misma la baja si ella no lo hace y además porque cabe la posibilidad de que el curso se adelante). No sé, perdonadme por favor, estoy temblando, se me ocurre de todo, incluso que no querrá sellarme y firmarme el preaviso, entonces le mandaré un burofax... pero qué mal rollo, yo no tengo cuerpo para esto en serio, sólo quiero que no me perjudique
18/03/2011 16:28
esterivas:
sigue todos lso consejos que te han ido dando y te añado mis opiniones personales:
- cuando tengas constancia de cual será la fecha exacta de incorporacion, NO ANTES, les entregas como te ha dicho Sabiondo, un escrito con copia en el que les comunicas tu deseo de que el dia X (antes de la incorporacion) dejarás de prestar servicios con ellos, con la antelacion que diga tu contrato o el mes que habls de tu convenio.
- yo personalmente no pediria una baja voluntaria, máxime cuando vas a ser nombrada como dices funcionaria "en practicas" por lo hipotetico que pudiera pasar, sino que pediria una excedencia voluntaria al menso por una año
- en teoria el dia de tu incorporacion ya no estarías dada de alta en la SS pero si te quieres asegurar, con tu escrito ya entregado, el dia de antes te acercas a la SS y lo verificas o pides que te den ellos de baja como se te ha dicho
- además desde que salga publicado en el BOE tienes un plazo de 3 dias apra incorporarte y tomar posesion sino implica cambio de residencia
- si aun no has disfrutado de vacaciones piensa que al menos tendrias más de 11 dias naturales, por si te interesa solicitarlo antes de tu marcha

No entiendo qué quieres decir con "categoría Grupo 2º Sub B (mentira, soy Grupo 1º, pero ahora me beneficia, creo). " Recuerda que tienes un año para reclamar cantidades
Por ultimo, respecto a tu comentario del hipotetico despido, lo de lso 20 dias es para poder reclamar es despido, independientemente de que dentro del plazo de eso dias ya estés como funcionaria o no, ese derecho a reclaamr no lo pierdes si en esos 20 dias eres nombrada f. en practica, es un derecho irrenunciable
Suerte y mira lo de "categoría Grupo 2º Sub B (mentira, soy Grupo 1º, pero ahora me beneficia, creo). "
18/03/2011 11:42
Ahora entiendo, y como tengo 20 días desde el despido improcedente, me doy tiempo para que mientras me nombren funcionaria en prácticas y punto. Si se retrasara, dentro de esos 20 días, podría entonces ejercer mi derecho para, por lo menos, que me indemnice, no?
18/03/2011 11:39
Si tu le dices que no vienes a partir del día 20 de mayo, por ejemplo, y ella en una rabieta absurda te dice que no vayas ya al día siguiente, día 15 de mayo, por decir una fecha, yo la demandaría por despido improcedente, ya verías como se le baja el calentón rápidamente.

Sería un despido porque tu le dices que tu último día es el 20 de mayo, no el 15 como hipotéticamente te diría (es solo un ejemplo).

Un saludo.
18/03/2011 11:36
Ya, Sabiondo (mil gracias) es que lo que me preocupa es que si el día 22 de mayo yo sigo de alta puede perjudicar mi nombramiento de funcionaria en prácticas. No puedo permitirlo. en realidad, en cuanto nos comunique el Ministerio la oficialidad dela fecha, yo se lo casco y que sea lo que Dios quiera, prefiero oirla un tiempo e incluso que me diga que ya no vuelva, que lo prefiero (a salvo porque no tendría ingresos ni paro ni nada hasta el nombramiento, dada la baja voluntaria)
18/03/2011 11:31
Pues claro que debe darte de baja.

¿Qué beneficio sacaría si no lo hiciera? Solo perjuicios, seguirías en alta, con olbigación de la empresa de cotizar por ti, y si no lo hicera, el cotizar, pues la sancionarían.

Para mi sería una tontería supina que no te dieran de baja el día que les dices.

Eso si, uno con estilo, con el tiempo necesario, tu quedas bien, si les sienta mal, que les siente, pero tu quedando como una señora. Total, que ponen "caras", a mi me daría lo mismo, no me voy a sentir mal porque me pongan morritos o intenten acojonarme con 4 gritos, pensaría que en poco tiempo estaré tomando posesión de mi puesto de funcionario y dejando atrás esa experiencia.

Un saludo.
18/03/2011 09:54
Gracias SAbiondo. Te lo agradezco mucho. Haré como me dices, pero y si incumpliera el preaviso, yo digo, aún así (arriesgándome que me descuente del finiquito) podría igual proceder (yo) como me indicas, o sea: imagina que no la preaviso con tiempo suficiente. Pongamos que le digo que me voy una semana antes de irme. Sé que me puede retener parte del salario, pero estaría igual obligada a darme de baja, supongo, verdad?
18/03/2011 09:14
Debes presentar a la empresa un escrito en el dices que tal día es tu último día de trabajo.

dos copias, una para ellos y otra para ti, para que te la firmen y sellen.

Según ese escrito, ellos deben de darte de baja en la fecha señalada, si no lo hacen es que son tontos, porque no les va a dar otra cosa que problemas a ellos.

Llegado ese día, es que tienes que causar baja, te diriges a la Tesorería General de la seguridad social y haces la consulta (la empresa tiene un margen de 6 días para hacer el trámite, con fecha de efectos el día que tu les hayas comunicado). Si no te han dado de baja, con la carta que tienes firmada y sellada, solicitas a la tesorería que te den de baja ellos mismos.

Un saludo.
Baja voluntaria trabajador
18/03/2011 09:03
Hola, soy Esther. Por favor, ¿alguien puede aconsejarme? trabajo en una notaría de gran ciudad, desde hace 3 años. Contrato indefinido, jornada completa, categoría Grupo 2º Sub B (mentira, soy Grupo 1º, pero ahora me beneficia, creo). El caso es que acabo de aprobar oposiciones para Justicia y parece ser que el curso práctico se comenzaría el 22 mayo, día en el que yo debo estar ya dada de baja en SS para nombrarme funcionaria en prácticas. Según el nuevo convenio notaría debo preavisar a mi jefe con 1 mes de antelación. Si lo hago, temo malas caras y peores gestos el tiempo que resta; si no lo hago temo dos cosas: retención de haberes en finiquito; y lo peor: que se niegue a darme de baja en SS para ese día.
Pregunta: ¿qué hago para asegurarme de que el día 22 mayo yo no estoy ya vinculada laboralmente a la notaría? ¿el jefe puede negarse a darme de baja? Por favor, ayudadme, si después de lo que me ha costado sacar gestión procesal, ahora me perjudica no sé qué haría. ¿me ayudáis?