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Baja voluntaria sin haber firmado el contrato de trabajo (más de 4 meses trabajando)

7 Comentarios
 
Baja voluntaria sin haber firmado el contrato de trabajo (más de 4 meses trabajando)
25/09/2013 20:01
Buenas tardes,

Llevo más de 4 meses en una empresa y aún no he firmado el contrato. Me salió otro trabajo y llamé al jefe para decirle que al dia siguiente ya no volvía, porque me incorporaba al otro trabajo. Normalmente la seguridad social me envia un msm diciéndome que me han dado de baja en la empresa. Aún no he recibido dicho mensaje, con lo que me pienso que estoy dada de alta aún. Me deben las vacaciones de los más de 4 meses que he trabajado y este mes hasta el dia 24, como no tengo contrato no sé que convenio tenemos, y si me van a descontar los 15 dias que no he avisado.
He leido que con un contrato inferior a un año no tengo porque avisar que me voy con 15 dias, pero no lo tengo claro. Por otra parte está el tema del contrato que aún no lo he firmado, qué puede pasar? Ellos pueden darme de baja sin presentar el contrato de trabajo firmado?
Uff estoy un poco asustada, porque me da la sensación que me la van a jugar.
Si alguien me pudiera ayudar? Muchas gracias de antemano.
25/09/2013 21:37
Antes de dar repuesta quizá convendría que se asegurara mediante la petición de un informe de vida laboral de sí en algún momento fue dado de alta, Tal vez sea ésta la razón de que no haya recibido mensaje de la baja.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
25/09/2013 21:44
Buenas noches,
Sí estoy dada de alta, ya que la seguridad social me envió un msm confirmándome el alta en la fecha que empecé a trabajar.

Gracias!
26/09/2013 09:45
Efectivamente, los contratos inferiores a un año no precisan del preaviso de quince días. El problema es que al no existir en su caso un contrato firmado, puede entenderse que es indefinido.

Le aconsejaría comenzar por solicitar un informe de vida laboral en la Seguridad Social y no descartaría efectuar la correspondiente reclamación de los días adeudados (en función del estudio del asunto, se determinaría tanto el importe como el efecto sobre el preaviso), de las vacaciones y, en caso de que no hubieran sido prorrateadas en las nóminas, las partes proporcionales de las pagas extraordinarias.

No sin antes, claro está, contactar con la empresa para tratar de resolverlo con un acuerdo.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
26/09/2013 13:58
Buenas tardes,

Gracias por la aclaración. La cuestión es que el contrato yo creo que sí me lo harán firmar en el momento que vaya a buscar el finiquito, ya que una vez les reclamé el contrato y se extrañaron los mismos jefes que no lo tuviera firmado(tienen muchos empleados y muchas veces me he dado cuenta que no se acuerdan de las cosas). Además que tienen que darme las nóminas ya que no tengo ni una.
El convenio que tenemos dice que sí debemos dar los 15 dias, entonces es lo que prevalece, lo que dice el convenio colectivo o lo de que al estar menos de año no tengo que dar los 15 dias.
Aún no me han dicho nada al respecto, y creo que sigo dada de alta.
Gracias!
26/09/2013 14:19
Prevalece lo establecido en el convenio; pero podría reclamar los otros conceptos. No obstante, convendría leerlo y ponerlo en relación con su contrato no firmado, por si resultare otra cosa.

Lo que ya no tendría sentido es que usted firmara ahora, una vez que se ha marchado, ese contrato.
Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
26/09/2013 14:32
yoloth.

No sirve creer estar dada de alta. Tienes que confirmar, como te ha indicado Motta, que sigues dada de alta.
Es muy fácil de saber. Vas a la Tesorería de la SS y te informas, pidiendo tu vida laboral.

¿Qué es lo que, en MI opinión, podría pasar?
Podría ocurrir que la empresa de la que hablas te haya dado de baja en la SS por baja VOLUNTARIA y que NO tengas derecho a cobrar el paro (en el caso de que hayas cotizado lo suficiente a la SS para poder cobrar una prestación por desempleo), si NO consigues el nuevo trabajo.

En MI opinión, no se trataría de que la empresa te la jugara sino de que has hecho las cosas mal.

De todas forma, la empresa tendrá que abonarte, en el finiquito, todo lo que te adeuda.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.





26/09/2013 17:36
Una aclaración al respecto de los ctos con duración inferior al año, esto es cuando se cumple el plazo, es decir supongamos que usted ha realizado un cto de seis meses de duración pues una vez cumplidos los seis meses si usted o la empresa no quieren renovar el cto pues no precisan preaviso ni de terminación del mismo ni de notificación de que no se desea continuar y esto por ambas partes, pero su caso es distinto usted nos dice que lleva 4 meses y que se quiere ir y no sabe la duración de su cto, si seis meses, un año o como le dice motta, al no haber firmado nada se presume indefinido, por tanto debe preavisar.
SMO.