Efectivamente, cambalaches y chapuzas diversas sugeridas por algunos (como le gusta a la gente promover el fraude, inscluso desde un foro público y encima contra el conjunto de ciudadanos!), ese límite de los 3 meses solom opera en el caso de que su contrato se extinguiera por no superacion del periodo de prueba y su baja anterior no fuese una de las que permiten estar en situacion legal de desempleo (por ej, que hubiara causado baja voluntaria).
Evidentemente, al margen de la causa de baja en la relacion anterior, si en la actual el contrato se extingue a instancias del trabajador, no estará en situacion legal de desempleo, por lo que en ningún caso puede tener derecho a la prestación.
Según la redacción del artículo entiendo que sólo estaría en situación de desempleo si el ctro se extingue durante el período de prueba a instancia del empresario,ya que la relación anterior se terminó por despido,y no son necesarios los tres meses (me ha venido bien repasar esta parte,q no lo tenía del todo claro;espero estar en lo cierto,sino agradecería que me corrigieseis,gracias).
Exacto, hopelab, eso es lo que yo entiendo. POr eso le he dicho que hable con la empresa para que le pongan que no ha superado el periodo de prueba, o en su defecto, pactar un despido.
Qué opinais?
Hola.Yo tb tengo algo de duda sobre esto, pero el art. q indicas señala q es sólo cuando la relación laboral se extingue en período de prueba a instancia del empresario. Si en este caso se va la trabajadora voluntariamente, entiendo que no estaría en situación legal de desempleo.
Hola de nuevo,
he estado "buceando" por la LGSS y me he encontrado con el art 208 g, según el cual y si yo he entendido bien en el caso de que se resuelva el contrato durante el periodo de prueba se tiene derecho a desempleo " siempre que la relación anterior se hubiera extinguido por alguno de los supuestos contemplados en este apartado O haya transcurrido un plazo de 3 meses desde dicha extinción"
En este caso la extinción de la relación laboral anterior se debió a un despido, por lo que, según esete art. no es necesario que transcurran los 3 meses, no?
Espero vuestras opiniones puesto que como es decía es un tema que no domino
Gracias,me has aclarado bastante. Precisamente le acababan de despedir de otro sitio y no solicito paro por ir a trabajar a esta empresa. Pero no han transcurrido tres meses desde el despido anterior, así que por lo que dices, si la empresa declara no superado el periodo de prueba no tendría derecho a paro?
Gracias
Sí, porque se quiere ir de forma voluntaria de la empresa,no estaría en situación legal de desempleo. Que no se haya celebrado el contrato por escrito no significa que no exista. El estatuto, en ausencia de forma escrita establece una presunción a favor de su existencia.Pero se podría considerar una infracción por parte de la empresa el que no haya realizado contrato por escrito, ya que existen diferentes modalidades que exigen dicha forma, o por lo menos que no haya informado sobre los elementos esenciales del contrato, ya que la trabajadora se encontraría en desventaja al no saber si está sujeta a período de prueba (éste tiene que constar necesariamente por escrito y si existe puede irse de la empresa voluntariamente sin necesidad de preaviso salvo pacto en contrario), si debe preavisar su marcha voluntaria (esto jugaría si no tuviese período de prueba,habría que estar a lo que estableciese el convenio),etc.
Sólo tendría derecho a la prestación por desempleo si el empresario rescinde el ctro en período de prueba y la causa de extinción de la relación anterior fuera despido, muerte, jubilación, incapacidad del empresario, ere...y hayan transcurrido más de tres meses desde esa extinción.Espero haberte ayudado.
Gracias por contestar. Solo una duda sobre el funcionamiento en estos casos. La empresa da de alta al trabajador antes de firmar? Hay un plazo para que el trabajador firme el contrato?
Perdón por mi ignorancia en estos temas y gracias de nuevo
Hola, no me dedico a temas laborales y me ha surgido una duda. Una cliente ha comenzado a trabajar en una empresa pero aun no ha firmado el contrato aunque según le han dicho ya es´ta de alta.El tema es que se quiere ir, porque no está a gusto pero se consideraría baja voluntaria a efectos del paro? Gracias