A mi me parece que en el mundo laboral existen una serie de canallas que no defienden únicamente los derechos que realmente le corresponden al trabajador sino que van más allá, saltándose cualquier tipo de código profesional y ética, amparándose en el derecho del trabajo que es pro trabajador. No me parece de recibo que se reclamen nóminas ya cobradas porque la firma únicamente acredita que se recibió la nómina y no el dinero. Muy mala actuación por parte de esa abogada.....si se puede llamar así. Que vergüenza, a mi me entra una persona en el despacho haciendo esas peticiones y lo echo a patadas......por cretino.
Vamos hombre donde vamos a ir a parar. Ya está bien piratas.
Esto va por todos los buitres que se amparan en esta profesión...y el que se pica......ya sabe lo que dice el refrán.
Ya aceptó. Solo tiene que pagar 400 euros más de lo que pensaba pagar(1600) y el trabajador ha rebajado su petición en 3.900 euros. Se ha convencido que es mejor pagar 400 más ahora que tener que pagar si la cosa sale más una indemnización más dos o tres meses de salarios de tramitación. Sólo tres meses más de tramitación según la nómina de la empresa (la de 4 horas) suponían 1431 euros.
hombre con todo el rollo que hay de cotizaciones y tal que no sea tonto y lo pacte, yo lo que hago es decirle lo que le voy a cobrar por hacer los 2 juicios.
Muchas gracias pero el empresario todavía hoy me decía que mañana me dirá si lo acepta o no. Pero si no lo acepta y luego la cosa sale mal,(que puede salir) le va a costar más dinero. En fin, confío en que lo acepte y a otra cosa.
Saludos y muchas gracias a todos por vuestras valiosas opiniones.
El acuerdo ya lo ha aceptado el trabajador. Ahora queda que el empresario lo acepte. Y desde luego, si se pacta se incluye también el compromiso por parte del trabajador de no tener nada más que reclamar a la empresa por ningún concepto, con lo que esas menores contizaciones, intereses y multas no se producirán. Y tengo que decirte que no sé quien ha salido más quemado de los dos. Saludos.
Haber si hay suerte y se arregla en 2000 euros, pero me da por lo que cuentas que no va a ser asi.
No se porque el trabajador ha salido muy quemado de la empresa y aparte de querer sacar la mayor tajada posible, quiere hacer daño al empresario,. Que se prepare el empresario que por quererse ahorrar 4 duros en cotizaciones,va a tener que pagarlas igual mas intereses y una multa que va a ser buena.
Creo que la cosa se puede arreglar (las dos reclamaciones) en 2.000 euros. Creo que no es mal acuerdo y que las amenazas de seguir adelante, serían mayores.
Saludos
Pues muy fácil: porque de los meses de enero a marzo reclaman 440 de cada mes, cuando tiene todo pagado. Pero están las nómina firmadas, no hay más recibo. Además ponen la nómina de Julio que si se le debe y las vacaciones que también se le deben. En caunto a los meses de abril a Junio como la nómina es más pequeña también reclaman diferencias entre lo ingresado en cuenta (500 euros) y lo que hubiera debido reflejarse en la nómina si no se hubiese modificado el alta en seguridad social a cuatro horas. Creo que ahora es fácil entender el "cabreo" del empresario.
Saludos y gracias a todos
Si claro lo que pasa es que en las dos había diferencias: en cantidad ellos reclaman 3.200 y se reconocían 800 euros y en la de despido ellos pedían 1.900 y se reconocían 800. Ni juntando las dos que ofrecíamos nosotros, 1.600 ellos aceptaban. Y ante ello, el empresario dijo que nada: que a juicio. Quizás antes me expliqué mal. Claro que era más imporante arreglar la de despido y eso es lo que intenté pero no hubo nada que hacer. A pesar de todo esto trato de solucionar el del depido para que no sigan corriendo los salarios de tramitación.
Gracias.
o las dos o ninguna, pues te la ha metido doblada, con el mediaodor delante para que abra acta le tenias que haber dicho que estabas conforme con el despido y que pagabas y no conforme con la reclamación de cantidad. No se hubiera podido negar si pagabas lo que la otra parte pedia o de haberse negado que constara en acta que ponias esa cantidad a disposición del trabajador consignada en el juzgado. Ten encuenta que son dos reclamaciones totalmente distintas y se enjuiciaran en distintos momentos.
Esa fue mi idea pero no hubo manera: o las dos reclamaciones o ninguna. Pues me dicen en la empresa que cuando se ha pagado en efectivo se firmaba la nómina y nad más y cuando no se ha pagado en efectivo, se le ha ingresado en cuenta y entonces no firmaba la nómina.Saludos.
yo hubiese solucionado la demanda por despido y hubiese dejado pendiente para juicio la demanda de reclamación de cantidad, por lo menos hubiera paralizado los gastos de tramitación. Referente a lo que dijo el abogado del trabajador esta en lo cierto tendras que probar que habeis pagado al trabajador, bien con estractos bancarios si se ha pagado por trasferencia o cheque nominativo o bien con recibos firmados por el trabajador si se ha pagado en efectivo.
La diferencia estriba en que en la reclamación de cantidad el trabajador desde abril reclama en relación a la nómina de 8 horas. La diferencia en en despido era pequeña pero al no rebajar ni un euro en el global fue imposible el acuerdo. Y lo mejor fue un comentario del abogado del trabajador: una nómina firmada por el trabajador no es signo de haber cobrado la nómina SINO DE LA ENTREGA AL TRABAJADOR de la citada nómina.
la gente va a saco en el laboral, tanta diferencia en salarios de tramitación?. La empresa tb se podía haber estado quitecita con lo de la cotización,las empresas siempre poniendo las cosas más dificiles...
uisssssss uissssss uisssssss, lo teniais que haber resuelto en el acto de conciliación. Os va a salir mas caro seguir adelante. Posiblemente os va a caer otra demanda por falta de cotizaciones.
Pues no ha habido acuerdo porque la abogada del trabajador ha sido absolutamente inflexibe y os comento un dato del que me enterado hoy: en abril la empresa le modificó el contrato a cuatro horas diarias para pagar menos de Ssocial. Este dato nuevo del que me he enterado hoy puede cambiar todo pero si que he tenido conocimiento también que a pesar de no constar por escrito la conformidad del trabajador de esa modificación también es cierto que hasta la fecha el trabajador no ha instado la resolución del contrato ni nada al respecto de la modificación de las condiciones del contrato de trabajo.
el proximo lunes que se reincorpora mi pasante de las vacaciones que le he dado, te comento. Pues antes de irse me escondió el Alonso (Olea) y ando perdía.