Buenos días, tengo la siguiente duda sobre una baja voluntaria en relación al Convenio de Oficinas y Despachos. Según el artículo 11 de dicho convenio:
"Art. 11º.- CESES.
La persona trabajadora que pretenda cesar en la empresa deberá comunicarlo a la misma con
quince días naturales de antelación. Si no lleva a cabo ese preaviso perderá quince días de salario o
la parte proporcional por los días no preavisados."
La duda es: Si yo presento mi baja voluntaria sin preavisar ningún día,es decir,en el caso de este mes,Febrero,yo presento la baja a la empresa,el viernes 26 de febrero,tras finalizar mi jornada laboral, indicando que el lunes 1 de marzo,ya no voy a trabajar, y habiendo cobrado previamente el sueldo del mes de febrero,que he trabajado íntegro.
¿Me descontarían 15 días del sueldo ya cobrado?,¿La empresa me podría reclamar por vía judicial esos días?¿Tendría derecho a cobrar la parte proporcional de las pagas extra y vacaciones no didfrutadas?
Gracias de antemano.
Si no precisa con esos 15 días la penalizará con un día de salario por cada día de falta de preaviso.
Si piensa que por haber cobrado la nómina se va a librar, pues va a ser que no, se lodesconraran del finiquito, (pagas extra, vacaciones), si con esto aún no llegase se lo pueden reclamar vía Juzgado de lo Social, usted puede reclamar a la empresa si está le adeuda salarios pues ellos pueden hacer lo mismo.