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Baja vehiculo

7 Comentarios
 
Baja vehiculo
21/12/2011 19:25
Mi ex me amenazada con dar de baja el coche, este esta incluido en el inventario de bienes como bien ganancial aunque esta a su nombre. Legalmente se que necesita mi consentimiento, pero en trafico no lo saben, no quiero acabar en juicio para recuperar el coche como puedo evitarlo?
22/12/2011 00:13
Pues no lo tienes facil. Es el titular quien puede dar de baja el vehiculo, por tanto no necesita tu firma, aunque la mitad del mismo sea tuyo como bien ganancial.
Lo cierto es que para darlo de baja definitiva tiene que entregarlo en un Centro Autorizado de Tratamiento, asi que si el coche lo tienes tu, tendria que llevarselo. Pero si puede darlo de baja temporal, y si te pillan a ti conduciendolo te cae una multa de 500 euros...
Si el coche no esta adjudicado en convenio, deberiais hacerlo para que puedas inscribirlo a tu nombre, o tratar de llegar a un acuerdo. Por desgracia para ti, repito, si en el registro de Vehiculos esta a su nombre, puede darlo de baja sin mas.
22/12/2011 00:33
Ya pero el coche esta sujeto a la liquidación de bienes ya que la sentencia del inventario es firme y no puede disponer del bien, ni venderlo o darlo de baja hasta que no se liquide. Lo que no quiero es tener que denunciar despues de que lo de de baja. Se supone que la sentencia del inventario lo que determina es que ese bien ya no es de unica propiedad si no que esta establecido en una comunidad hasta su disolucion no?
22/12/2011 00:34
Si la sentencia de inventario de bienes establece que un vehiculo esta en gananciales, y en trafico solo figura a uno de los propietarios ¿se puede ir a trafico a incluir un segundo titular en el permiso de circulacion, con la sentencia ? y asi evitar que de forma unilateral se pueda vender, transferir o dar de baja.
22/12/2011 08:54
Pues tampoco puedes... con anterioridad a la Ley 18/2009 de 23 de noviembre por la que se modifica la Ley de Seguridad Vial, se podia inscribir un vehiculo a nombre de dos o mas personas. Tras la entrada en vigor de dicha ley, ya no se puede.

El problema esta en que la baja temporal de un vehiculo no supone la enajenacion del mismo, solo una limitacion temporal en su uso.
Como contrapartida puedo decirte que tambien se exigen responsabilidades al titular, no a la sociedad de gananciales, por ejemplo, si el vehiculo no tiene la ITV en vigor, la sancion se reclama al titular, y, en caso de que no pague, se embarga al titular, no a la sociedad de gananciales.
No se, opino que lo mejor seria proceder a la liquidacion de la sociedad de gananciales cuanto antes, y entre tanto, si la titular da de baja el vehiculo, abstenerse de utilizarlo
23/12/2011 09:44
Buenos días,
Mi consejo es que vayas a la oficina de tráfico con la sentencia a ver si así te permiten aparecer como co-titular en la documentación del mismo.
Voy a intentar dejarte un enlace para que sepas a donde acudir y el teléfono de contacto:
a href="http://www.desguacesvehiculos.es/oficina-trafico.html"oficina trafico/a
[url=http://www.desguacesvehiculos.es/oficina-trafico.html/]oficina trafico[/url]
23/12/2011 12:57
En primer lugar debiera aclarar algunos conceptos previamente, pues habla de una "sentencia de inventario" donde figura el coche. Faltaría saber si explicitamente si en la citada sentencia que dice, hay efectuadas adjudicaciones.

Si hubiese adjudicación del vehículo a su favor, usted sería la causante del problema y en su mano estaría solucionarlo. En este caso, al circular sin haber cambiado de titular el vehículo, estaría exponiendo inicialmente a responsabilidades derivada de actos de usted al titular que figura en el registro de vehículos (multas, indemnizaciones por accidentes, responsabilidad penal). La solución sería ir usted con la sentencia a Tráfico y solicitar el cambio de titularidad, previa liquidación de las tasas de transmisión de vehículos en la consejería de Hacienda. Dicho acto administrativo lo puede hacer usted sin la concurrencia del titular pues habría una sentencia que respaldaría dicha transmisión.

En el caso que no haya adjudicación del bien en ninguna sentencia, usted estaría exponiendo al titular frente a tráfico a las responsabilidades antes citadas, el cual, para salvaguardarse puede obtar por dar de baja temporal el vehículo hasta que se dicte sentencia o denunciar la sustracción del vehículo incluso. Usted como usuaria de una vehículo que del que no figura como titular, dado que no podrá figurar como cotitular, debe recabar de alguna manera autorización del titular para circular con dicho vehículo, bien firmando un acuerdo temporal con su expareja (que implica dialogar), o solicitándolo a la autoridad judicial, y mientras no tenga lo uno o lo otro, absteniéndose de utilizar el vehículo.

En cualquier caso debiera tener claro lo siguiente:
- La inclusión en un inventario y la consideración como ganancial, significa que usted tiene derecho a la compensación del 50% del valor en la liquidación, y no es equivalente a tener la propiedad de la mitad de cada bien inventariado con sus derechos y obligaciones. Esto es algo más limitado que el sentimiento de propiedad que usted pueda tener hacia dicho vehículo.
- En tráfico hay un registro público de vehículos con titulares registrales (por ley sólo uno para cada vehículo). A dicho titular es al que se le autoriza para circular y al que inicialmente se le hace responsable. Dicho titular es el único que puede dar de baja. Titular registral es un concepto distinto del de propietario.
- Si el vehículo se da de baja temporalmente y se circula, además de la sanción, se inmoviliza el vehículo.
24/12/2011 01:48
samaruc,en caso de no haber realizado todavia el inventario de bienes y teniendo en cuenta que por sentencia no se hace ninguna mencion al vehiculo del que soy titular y el cual estoy pagando a duras penas ,si realizo la venta del mismo(por razones economicas)¿tengo la obligacion de repartir la ganancia que saque con mi ex una vez cancelada lo que queda de deuda con la financiera , o al no estar incluido en el inventario de bienes no hay ningun problema?.
Un saludo y gracias.