Tengo una sociedad en la que somos dos socio mancomunados y como administradores el negocio no va muy bien y uno se ha tenido que poner ha trabajar por cuenta ajena no podiendo atender el negocio ,dandose uno simplemente de administrador puede de los socios darse de baja de o tambien tiene que venderle participaciones de la empresa al otro cuando los dos tienen el 50%
Salvo acuerdo estatutario, es independiente el cargo de Administrador con la condición de Socio, por lo que, a principio, bastaría con el acuerdo de ambos (Junta) para que los administradores mancomunados censen en su cargo, nombrándose administrador único, por ejemplo.