suponiendo que se refiera al seguro de vida que tiene contratado en la escritura de hipoteca con el banco, tendría que revisar dicha escritura para ver si en ella consta un plazo del seguro con ellos ( el banco x ). Si no es así, siempre que avise al banco de la baja-anulacion-no continuación de la misma con mínimo 2 meses de antelacion antes de cambiar, no se lo pueden impedir, ya que no le pueden obligar (teóricamente claro, en la práctica, o contratas el seguro con ellos, o no te dan la hipoteca, es lo que se llaman clausulas ABUSIVAS del banco )