mira, como pides un consejo te lo daré pero luego actúa según tu conciencia.
En CC.OO. solo suelen atender a los afiliados con una cierta antigüedad, y no es gratis, aunque hay una leyenda urbana que dice que sí. Les pides presupuesto si eres afiliada y punto.
Una abogado particular te va a cobrar, logico, le pides presupuesto y punto.
Tú decides cual es el que te inspira más confianza.
Ahora el consejo: si tan segura estás de tu contrato en fraude de ley a dia de hoy, no esperes y exige ya tu fijeza
Tanto a archilla como a Vegas, muchísimas gracias por la información, ya me queda claro que entonces en mi caso tengo la opción de demandar y eso ya es mucho en estos tiempos en los que están tan complicadas las cosas y mas ahora con una vida que viene en camino se pueden imaginar!
Nuevamente muchas gracias, como ultima consulta y esto mas que una consulta me gustaría que se viera mas como un consejo, en este caso seria recomendable acudir directamente a Comisiones Obreras una ves me comuniquen la NO RENOVACION o es preferible acudir a un abogado laboralista privado directamente? que harían ustedes si estuviesen en mi caso?
Yo no veo el embrollo por ningún lado, la verdad. Estas de baja por el riesgo que el trabajo tiene sobre tu embarazo, si ya no trabajas, el riesgo desaparece y este tipo de prestación no tiene sentido.
Tampoco tiene sentido que un contrato temporal se suspenda por una baja, ya que una vez que desaparezca la causa de la temporalidad el contrato termina, ¿En base a que se va a reactivar?
La empresa por otra parte, si la temporalidad es real y no te quiere renovar, no tiene porque hacerlo.
Yo que tu no buscaría caminos raros, ni me comería la cabeza buscando lo que no existe. En caso de que tu empresa no te renueve y si como dices tu contrato está en fraude de ley, lo que tienes que hacer es demandar, se considerará un despido y muy posiblemente como nulo, por lo que te tendrán que readmitir.
Otra posibilidad es, si el contrato estuviera bien hecho, pedir la baja por IT una vez termine y posteriomente la maternidad.
En la calle, como ves no te quedas.
SALUDOS.
archilla, muchas gracias por tu respuesta, me encuentro entonces entre la espada y la pared, no hay forma de recurrir de alguna manera a la renovación de mi contrato laboral?, tengo entendido que si la empresa me renueva el contrato la mutua sigue pagando mi salario lo que a mi empresa no perjudicaría en nada, se de antemano que mi o mis contratos están en fraude de ley verificado ya antes acá en este mismo foro, no se si eso me ayude o perjudique en algo, que me aconsejarías hacer? mi marido esta en el paro y nuestro único ingreso es mi salario actual, aparte no tenemos ayuda de familiares ni amigos ni nada solo contamos con ello y esto nos preocupa enormemente.
si efectivamente estás de IT por riesgo durantye el embarazo tu contrato está suspendido, pero si es de finalizacion prevista para el 31 de mayo, si tu empresa quiere te lo renueva o no, como al resto de los mortales.
Y efectivamente te quedarás en la calle y con tu bebé, pero gracias a que esto es España tienes derecho a una serie de prestaciones economicas tal y como has podido leer: desempleo, prestacion de maternidad, subsidios, etc
Hola, primeramente agradecer a cualquiera que pueda ayudarme a terminar de solucionar mi duda, expongo mi caso a continuación:
Estoy embarazada de 6 meses y 2 semanas, en este momento me encuentro de baja por riesgo laboral y aun no cobro mi primer salario por la mutua (espero cobrarla a fin de mes), la baja por riesgo laboral me la dieron en la semana 23, y el día de hoy me ha llegado una carta de parte de la mutua donde me indican que debo avisar si mi contrato se extingue ya que en ese caso según ellos ya no seria su responsabilidad pagar mi salario mensual durante mi baja por riesgo laboral.
El tema es que mi contrato justamente vence el 31 de mayo próximo, y según la mutua mi contrato debe estar vigente para poder optar por la prestación, pero según el siguiente link dice: http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/PrestaciondeRiesgod44765/index.htm
Duración/Extinción:
"El derecho al subsidio nace desde el mismo día que se inicia la suspensión del contrato de trabajo o el permiso por riesgo durante el embarazo, se abonará durante el tiempo que sea necesario para la protección de la salud de la trabajadora embarazada y/o del feto y finalizará el día anterior al de inicio del descanso por maternidad o el de reincorporación al puesto de trabajo.
El derecho se extingue:
Trabajadoras por cuenta ajena: Por suspensión del contrato de trabajo por maternidad; por reincorporación al puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado; por extinción del contrato de trabajo por causas legales; por interrupción del embarazo; por fallecimiento.
Trabajadoras por cuenta propia: Por inicio del descanso por maternidad; por reanudación de su actividad profesional; por causar baja en el Régimen Especial de la Seguridad Social; por interrupción del embarazo; por fallecimiento."
No termino de entender el articulo, a ver según lo que puedo percibir en la información se contradice, lo que yo pensaba era que al entrar en mi baja por riesgo laboral el contrato se pausaba/detenia/suspendia/dejaria de correr, y una ves que me reintegrara a mi puesto de trabajo volvería nuevamente a ponerse en play/reactivado/iniciar/continuar. En fin el tema es que me he comunicado con los de la mutua y me dicen que si el contrato vence ellos no me pagaran, que quiere decir esto? que yo embarazada de 8 meses y algo, a finales de mes próximo me quedare en la calle con mi bebe si la empresa no decide renovarme el contrato?
Podría alguien ayudarme a resolver este embrollo mental en el que tanto las personas involucradas como las mismas leyes me han hecho caer?
De antemano muchísimas gracias a cualquiera que me responda lo mas claramente posible y en lenguaje de una persona poco conocedora del derecho laboral y cualquier otra rama del derecho en si.