Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Baja por IT, y posterior desempleo

14 Comentarios
 
19/08/2012 20:37
pues si,,,, mosca de eso se trata....y mientras estas de baja medica y dado de alta en la empresa no consumes desempleo.....
19/08/2012 11:37

Puede tener hasta 18 meses de subsidio, en caso de reunir los requisitos.
Y no confundáis, PRESTACION por desempleo con subsidio de nivel asistencial.
En estos art. Esta la clave.

Artículo 215. Beneficiarios del subsidio por desempleo.

1. Serán beneficiarios del subsidio:

Haber sido declarado plenamente capaz o inválido en el grado de incapacidad permanente parcial para la profesión que ejercía el interesado o del grupo profesional, en que aquélla estaba encuadrada, como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de invalidez en los grados de incapacidad permanente total para la profesión que ejercía el interesado o del grupo profesional, en que aquélla estaba encuadrada, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez.



. Cuando finalice la duración de la prestación por desempleo encontrándose el trabajador en situación de Incapacidad Laboral Transitoria y tenga derecho al subsidio por desempleo, el plazo de espera de un mes para el nacimiento del derecho se contará a partir del día siguiente al de la extinción de la prestación de Incapacidad Laboral Transitoria.
19/08/2012 11:18
Pero, una vez despedida (o finalizado el contrato), la baja sí consume desempleo ¿no?
19/08/2012 09:32
bernabiel, no lies a la chica, mientras esté de baja no tiene que solicitar el paro, sino que tendrá que pedir el pago delegado a la mútua o a la seguridad social directamente...


entonces, lo que cobrará de baja es la misma cuantía que cobraría si estubiese en el paro, creo que no es tan complicado de entender.
19/08/2012 09:08
Marcali has comentado un par de frases en 2 "post" diferentes que me han dejado un poko "temblando" haber si puedes comentarmelas mejor ya que yo estare en una situacion parecida de aqui a unos meses:

_"Aunque le quedase un mes y medio de paro, podria estar 6 meses mas de baja, cobraria como el paro estando de IT ,tuviese derecho o no..." ¿¿¿???

En otro "post" mas abajo vuelves a comentar ..." se cobra lo que corresponderia por prestacion por desempleo...se tenga derecho o no"" ¿¿¿???
19/08/2012 09:00


Aqui creo que nos estamos haciendo la "pisha un lio"..me explico a la pregunta de KLEOPATRA.....


-Cuando se me acabe el contrato de trabajo tengo que pedir la prestacion por desempleo estando de IT ??aunque solo me quede mes y medio de paro??


-Como dije yo en el primer post que escribi...."mientras estes dada de alta en la empresa el paro no corre ,por favor" aunque estes de baja medica, no quieres decir que la empresa haya dejado de pagar la S.social por ti, por lo tanto estas con tu contrato y cotizando, aqui el paro " ni entra ni sale " NO TIENE NADA QUE VER......


-Si estas de baja y te se acaba el contrato ...vas al INEM tramitas los papeles del paro vas con el justificante medico y cobraras lo que te corresponda y no te llamaran a trabajar desde el INEM hasta que no tengas el alta del medico de cabezera, pero tu cobraras el mes y medio que te falta.
17/08/2012 23:49
bernabiel:

se cobra lo que correspondería de prestación por desempleo, se tenga derecho o no.

Si se recibe el alta médica, es cuando toca ir al paro. Si ya se ha agotado la prestación a la que se tenía derecho (o no se tenía derecho a ella), se mirará si tiene derecho a algún subsidio, pues este no se agota por IT.
17/08/2012 17:04
La única que lo ha acertado es kleopatra, ella lo ha preguntado y muy bien se lo ha contestado.
1. Cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y durante la misma se extinga su contrato, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en cuantía igual a la prestación por desempleo hasta que se extinga dicha situación, pasando entonces a la situación legal de desempleo en el supuesto de que la extinción se haya producido por alguna de las causas previstas en el apartado 1 del artículo 208 y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la prestación por desempleo contributivo que le corresponda de haberse iniciado la percepción de la misma en la fecha de extinción del contrato de trabajo, o el subsidio por desempleo. En tal caso, se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que hubiera permanecido en la situación de incapacidad temporal a partir de la fecha de la extinción del contrato de trabajo.


17/08/2012 11:47
Entonces marcali, una persona que esta en situacion de IT
-Su empresa cierra mientras esta en IT
_ Tiene derecho a 6 meses de paro ( por ejemplo )
-Agota el paro, pero sigue de baja,
-Sigue cobrando de la S.Social con el paro agotado, aunque estes 18 meses de Baja???
-Y que cantidad cobrarias??


No es my caso, ya que aunque estoy de IT desde hace 8 meses,esoy de alta en mi empresa...de momento en Septiembre cerraran....aunque me quedan 24 meses por delante, espero que en ese tiempo, Septiembre del 2014 lo tenga todo cerrado....ya que si no me dan una IP, lo que tengo seguro que recurrire y movere papeleos..

_tu crees marcali , que con lo competentes que son en BURROCRACIA judicial, para el 2014 estare,ji,ji??


14/08/2012 10:16
bernabioel, no es exactamente como tu dices.


Si cuando finalice el contrato el sigue de baja por IT, no se encontrará en situción legal de desempleo hasta que reciba el alta médica, por lo que no deberá acudir al INEM hasta el alta.

Por ejemplo: aunque a él le queden 1 mes y medio de paro, podría estar 6 meses más de baja y cobraría "como el paro" estando en IT, tubiese derecho o no.

Pero si, desde que finaliza el contrato el paro se gasta.
14/08/2012 09:37
Mientras este dada de alta en la empresa el paro no corre, por favor.

Cuando te den de baja en la empresa tienes que tramitar el paro aunque estes en i.T

el mes y medio que te queda de paro , lo podras cobrar igual estes en i.T o no, lo que pasa es que no te podran llamar del inem para trabajar mientras estes en i.T, eso si aunque estes de baja el tiempo de prestaciones corre igual a la seis semanas te se acabara la prestacion
13/08/2012 23:41
pero una vez que se me haya cumplido el contrato de trabajo, antes, no, ¿no?

Yo entiendo que si se me cumple el contrato de trabajo y después de que se me haya cumplido el citado contrato sigo de baja por I.T. se me descuenta, es de lógica, pero yo hablo con el contrato de trabajo en vigor, no se descuenta el desempleo, no?

13/08/2012 17:53
El tiempo que estés de baja por contingencias comunes, será descontado del tiempo que tengas acumulado para el desempleo.
13/08/2012 17:46
Ya he encontrado la solución (creo)

He buscado por el google y me ha salido esto:

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b03a.html

osea si me dan el alta el mismo día que se me cumple el contrato de trabajo, sigo teniendo mi mes y medio de prestación contributiva por desempleo que debo solicitar al SPEE ¿no?
Baja por it, y posterior desempleo
13/08/2012 17:27
Tengo contrato de trabajo temporal hasta el 15 de septiembre (era de dos meses).

Actualmente me encuentro de baja por IT por ansiedad, el psicologo me ha dado la baja por conflicto laboral, y hasta que dure tal, y por lo tanto me ha dicho que hasta el 15 de septiembre porque me encuentra muy mal como para seguir trabajando en la misma empresa.

Cuando se finalice el contrato de trabajo ¿tengo que pedir la prestación por desempleo?, solo me quedaba un mes y medio restante de desempleo.

Tengo gente que me ha dicho que la IT actual se descuenta del desempleo, del mes y medio que me queda de desempleo, osea no tengo desempleo?

como habréis notado no tengo ni idea del tema desempleo e IT, muchas gracias