Hola Sres/as.: Deseo plantear una cuestión en espera de que alguien enterado en estos temas me pudiera dar alguna información sobre el que a continuación expongo :
Tengo un hermano de 57 años de edad, de profesión albañil que trabaja por cuenta ajena. Hace un año que está de baja laboral por tendinitis de tipo degenerativo en ambos hombros que le limitan los movimientos de los brazos. La mútua quiere darle el alta, la Seguridad Social le dice que le operan para reducirle el dolor pero que no quedará capacitado para ejercer su profesión, y la empresa le dice que si le dan el alta no lo readmite. Tiene contrato fijo.¿ Por favor, me podrían decir qué viabilidad podría tener ?. Tiene más de 40 años de cotización. Le darían la I. permanente. Espero respuesta. Gracias.
Gracias Carpanta: En primer lugar con la edad que tiene tu hermano y con la patologia que describes NO debe consentir que le den el alta medica bajo ningun concepto. Te recuerdo que el tiempo maximo de Incapacidad Temporal que se puede estar es de 18 meses. Son 12 meses prorrogables por otros 6 cuando se cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación. Si dices que la seguridad social le ha propuesto para una intervencion quirurgica para paliar el dolor, aporta ese informe a la mutua para que pueda continuar hasta los 18 meses preceptivos.
Una vez agotados los 18 meses se le propondra para una posible Invalidez Permanente siendo remitido al tribunal medico de la Direccion Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Alli se le reconocerá, entregará todos los informes medicos que tenga (que sean muy completos) y el tribunal dictaminara la posible invalidez a la que pudiera estar afecto. Una cosa muy importante es que cuando le den el ultimo parte de IT, es decir, el nº 78 debera acudir a la inspeccion de zona de su ambulatorio para que el inspector medico le de "el parte de alta por agotamiento de IT. Con este parte debera acudir a la oficina del INSS correspondiente y rellenar el modelo P47 para que pueda seguir cobrando desde el agotamiento por los 18 meses de IT hasta la resolucion del tribunal medico. Este aspecto es muy importante.
En el mejor de los casos le podrian dar una Invalidez permanente Absoluta (no lo creo) y cobraria el 100% de su base reguladora y ya no podria trabajar en nada mas. Tambien podrian darle la Invalidez Permanente Total para su profesion habitual que es la que le impide realizar las principales tareas de su trabajo (esta es muy posible que se la den) y cobraria el 55% de su base reguladora y como tiene mas de 55 años y no es trabajador cualificado tendrias que solicitar el aumento hasta el 75%. De la misma manera le podrian conceder la Invalidez permanante Parcial y tendria que seguir trabajando en cualquier trabajo y le indemnizarian con un pago a tanto alzado correspondiente a 24 mensualidades de su base reguladora.
No obstante, si cuando pase por el tribunal medico y le concedan o no una invalidez con la que no esta de acuerdo teneis 30 dias para presentar reclamacion previa y para eso ya se tendria que poner en manos de un abogado especialista en invalideces e intentar conseguirlo via judicial.
Respecto a al empresa no te preocupes que no lo van a despedir por la cuenta que le trae ya que el despido seria declarado improcedente y tendrian que indemnizarlo con una suma bastante sustancial.
Se que el tema es bastante farragoso y largo. No obstante, para cualquier duda que tengas la puedes dejar aqui que te informare yo y otros foreros con toda la amabilidad del mundo. No dudes en hacerlo.
Yo estoy en un situacion similar a la de tu hermano pero tengo la desventaja de que soy mucho mas joven.
Un saludo y para lo que desees. Espero haberte ayudado.