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Baja por enfermedad comun

1 Comentarios
 
16/10/2002 13:56
Aunque el mensaje lo he visto muy tarde, espero Oscar que la respuesta que he dado hoy 16-10-02 aun caso de Incapacidad Temporal te sirva. En definitiva, los tres primeros días no se abonan, salvo que esten establecidos en el convenio colectivo de aplicación. Del 4º al 15º día lo paga la empresa y partir del 16º día paga el INSS.

Las repercusiones: falta de ingresos y de cotización a la Seguridad Social. Acción demanda por reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social. Previo acto de conciliación ante el CEMAC
Baja por enfermedad comun
02/09/2002 15:14
Estimados señores; Soy estudiante de relaciones laborales donde estudiamos derecho de la seguridad social y segun lo estudiado este mi primer año, creo que en este asunto que ahora les expongo no es del todo correcto por eso ruego me ayuden a encontrar una solución y me la comuniquen.

El caso es que mi padre esta trabajando con un contrato indefinido como operario de construccion oficial de 1º, el problema es que hace unos meses estuvo de baja a causa de una enfermedad comun no profesional, del 22/05 al 03/06. Cual fue mi sorpresa que al conprobar la nomina de mi padre del mes de mayo solo habia cobrado hasta el dia 22 y los 8 dias siguientes no se han cobrado, yo tengo entendido que estos 8 dias habria que cobrarlos, asi por encima creo que son los 3 primeros dias los paga la empresa y a partir del cuarto lo paga la SS, o algo asi. Debido a esto ruego me respondan explicandome dicha situacion y sus posibles repercusiones. Muchas gracias Oscar