Buenos dias, me gustaria que alguien me asesorara sobre la siguiente cuestion: Mi padre lleva casi cuatro años sufriendo depresion , en marzo del año 2010 se puso de baja por tercera vez en el trabajo, pero esta vez estuvo un año y dos meses de baja, con lo cual le llamaron directamente del EVI para ver si iba air a trabajar o le tramitaban la incapacidad. el decidio volver a trabajar. LLeva poco mas de un mes trabajando y otra vez esta muy mal , la depresion se le ha agravado y no quiere ir a trabajar , mi pregunta es la siguiente: si ahora mismo se vuelve a poner de baja pasaria directamente al EVI o volveria a tener este periodo de baja permitida de doce meses? Es una situacion desesperada, agradeceria cualquier ayuda.
Se considera recaída cuando entre dos procesos de IT no ha transcurrido un período de actividad laboral superior a 180 días y se trata de la misma enfermedad o patología.
De momento que coja la baja por recaída, le darán seis meses mas de baja y posiblemente a su termino pasara de nuevo por el tribunal.