Hola buenos días. .mi pregunta es.estando de baja por contingencias comunes a la espera q valoren mi dolencia de espalda ..si me operan l no.. q derechos tengo como prestación y indemnización después de llevar 14 años en la empresa ...es decir q clase de prestación mf quedaría ..q dinero a cobrar ..y si tengo derecho a q me paguen a parte mis pagas de verano y navidad .. de echo mi comvenoo es el de mercabarna .... creo q es de frutas y verduras (mercantil ).. e de comentar q mi empresa me puso dentro de mi salario las pagas incluidas ..por si sirve de algo q sepan ... y si no quiero proseguir en la empresa ..q derechos me cubren en todos los conceptos .. un saludo .
1.- Si esta en situación de IT cobrara la prestación correspondiente a las cont. comunes y salvo que el convenio recoja esa situación de cont comunes con un complemento salarial, (no es o habitual), percibir ira las prestaciones que para ello tiene reservada la SS que son los 3 primeros días de IT no se obra nada, a partir del 4 hasta e20 el 60 % de la base de contingencias comunes que es la base del mes anterior al de la situación de IT y después del 21 en adelante el 75 % de dicha base.
2.- En cuanto a dejar la empresa, si es por una baja voluntaria, terminada la baja no tendrá dcho a prestación y que ela prestación por desempleo es para quienes no tienen trabajo o para quienes teniéndolo lo pierden no para quienes lo dejan de forma voluntaria