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Baja por Accidente Laboral Rescisión de Contrato en Periodo de Prueba

7 Comentarios
 
Baja por accidente laboral rescisión de contrato en periodo de prueba
11/07/2012 18:22
Hola a todos,

A los pocos días de haber comenzado en un nuevo trabajo sufrí un accidente de tráfico in itenere (del cual no soy culpable) y como tengo lesiones la mutua me dio la baja laboral. Aún estando de baja recibo un burofax de la empresa diciendo que "rescinden el contrato dentro del período de prueba de un mes al no ajustarse a la finalidad de su contratación".

El periodo de prueba de un mes está especificado en el contrato, pero no está especificado si la baja laboral por accidente laboral cuenta o no a la hora de cuantificar ese periodo de prueba.

La verdad es que no tengo muy claro cuáles son mis derechos como trabajadora. He estado ojeando por internet pero como han habido tantos cambios de legislación no encuentro nada actualizado.

Por otro lado, tampoco sé cuál es mi situación legal ahora, no puedo buscar otro trabajo porque aún no estoy en condiciones de trabajar, la mutua era la que me estaba haciendo el seguimiento y tenía citas para pruebas y demás y no sé si se tienen que seguir haciendo cargo de todos los gastos médicos hasta mi recuperación.

¿El despido es procedente? ¿La mutua tiene que seguir pagándome y atendiéndome sanitariamente mientras tenga la incapacidad temporal?

Les agradecería mucho que me ayudaran en esta cadena de acontecimientos tan desafortunada.

Un saludo a todos.
11/07/2012 19:03
El despido seria improcedente.
La mutua debe cuidarte y pagarte durante el tiempo que este de baja hasta la recuperación, en caso de no recuperarte de las lesiones recibidas te darían una Incapacidad permanente Total.
Si te recuperas, cuando te den el alta medica puedes pedir la PRESTACION por desempleo, si tienes paro acumulado, si no tienes paro acumulado puede que tengas derecho a un subsidio.
Así que resumiendo, la mutua se hará cargo hasta la recuperación y pagándole mensualmente.
No importa que te hayan despedido.
11/07/2012 19:40
Estando en periodo de prueba seria improcedente?
19/07/2012 20:51
Gracias por las respuestas.

Yo entiendo que si estoy en periodo de prueba y en el contrato no refleja si la IT contabiliza o no para el periodo de prueba el despido es improcedente.

Mi contrato era temporal (unos 4 meses y medio) así que no sé si aquí aplican los 33 días por año trabajado. ¿Alguien podría aclararmelo?

De todas maneras, supongo que, en el caso de que los 33 días correspondan, la indemnización sería de unos 2,50 días, ¿no?, porque me despidieron a los 26 días de contrato.

Gracias de nuevo por las respuestas.
19/07/2012 21:00
Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, y adopción o acogimiento, que afecten al trabajador durante el período de prueba, interrumpen el cómputo del mismo SIEMPRE QUE se produzca acuerdo entre ambas partes.
Por tanto la IT si no hubo acuerdo entre las partes, expreso reflejado en el contrato o durante el propio periodo de prueba (puesto que beneficia al trabajador).
El TS matizó que para que estas situaciones que enumera el art. 14 ET (entre ellas IT) interrumpan el cómputo es necesario acuerdo que por lo que veo no existe. Asimismo, interpretó que a sensu contrario otras situaciones de suspensión diferentes de las enumeradas en el art. 14 ET interrumpen el plazo aunque no haya acuerdo.

Por tanto, no hay despido en tu caso sino una resolución del contrato de trabajo durante el periodo de prueba, en el que existe libertad de las partes para rescindir el contrato y SIN DERECHO A INDEMNIZACIÓN.



19/07/2012 21:22
Gracias Ainoa1 por tu pronta respuesta.

Entonces, tengo un accidente de coche in itenere en el periodo de prueba y me despiden porque saben que, visto como está el tema a nivel médico, de los 4 meses y medio que duraba el contrato voy a trabajar como la mitad y no tengo derecho a nada de nada, ni siquiera tratándose de un accidente laboral. Total, que sin comerlo ni beberlo me quedo sin trabajo y sin salud...

¿Alguien sabría decirme si, a la hora de gestionar todo el tema de la indemnización con el seguro del contrario, podría decirles que gracias a su asegurado he perdido un contrato temporal y que me lo compensen igual que me compensan la pérdida de salud?

Gracias de nuevo por las respuestas.
19/07/2012 21:50
La pregunta de responsabilidad civil respecto al seguro ponga mejor en el foro de derecho civil, que te ayudarán más.

Tienes derecho a seguir percibiendo la prestación por IT mientras estés de baja. Yo lo que comenté es que no es "legalmente" un despido y por tanto no tienes derecho a indemnización.
19/07/2012 21:59
Gracias de nuevo, Ainoa1.

Total, que estando en el periodo de prueba uno no tiene derecho a nada de nada... sólo a que la mutua le pague mientras esté de baja.

Seguiré con mis indagaciones por el foro de derecho civil porque como trabajadora ya me ha quedado claro que sólo tengo derecho a seguir luchando por encontrar un trabajo y luego cruzar los dedos para que todo salga medio normal.