Hola, mi caso es el siguiente: firmé un contrato con una subcontrata de una gran superficie comercial en marzo de 2005. El día 5 de abril de 2005 ingresé en la unidad de psiquiatría del hospital con depresión sevsera y ansiedad.No he cobrado ni el sueldo ni la prestación por baja médica que me dio mi médico de cabecera ya que dice la S.S que al no tener cotizados 180 dias no tengo derecho a la IT por enfermedad común.Pero lo peor aún si cabe es que me ha dicho mi "jefe" que el día que me reincorpore me va a despedir inmediatamente por que (y cito textualemnte) "no quiere a locas trabajando allí". ¿Que hago? mil gracias...
Siento contestarte esto, pero:
- Si no tienes los 180 días cotizados en los últimos 5 años anteriores a la baja, tienen razón y no te corresponde la prestación de Incapacidad Temporal. Y no responsabilices a tu empresa. Es la Seguridad Social la que informa a la empresa que no tienes la carencia y que no te corresponde el pago delegado.
- Es normal que la empresa (que no es una ong) considere que una empleada que no lleva ni un mes trabajando y que se prevé que tenga un periodo largo de enfermedad no le salga rentable y prescinda de sus servicios. Si te paga lo máximo que marca la ley, está en su pleno derecho.
Otra cosa diferente es que a tí no te parezca moral, pero eso ya es otra historia. Si tú fueras empresaria seguramente actuarías igual.
De todas formas, espero te recuperes cuanto antes y te deseo lo mejor. A lo mejor te ha sonado cruda la realidad, pero es así.
Gracias Juliana, entiendo lo que dices y lo asumo. Pero es muy duro oir eso de loca, porque no lo estoy, fue un momento puntual y ya estoy casi curada...podria reincorporarme perfectamente en un breve plazo...asi que si, veo que es injusto y no sé como demostrarlo. De acuerdo, que si no tengo suficientes dias cotizados no tengo derecho a prestacion, pero de ahi a no considerarme apta para trabajar y ademas casi "insultando"...
Lo más seguro, si lo hacen bien, es que te entreguen una carta de despido poniendo a tu disposición la indemnización de 45 dias de salario por año trabajado y declarando la improcedencia del despido en ese mismo escrito.
No creo que se aventuren a despedirte, ir a juicio, poder perderlo y además pagarte salarios de tramitación. Por el poco tiempo que llevas trabajando no les conviene.