La Ley no contempla el que no pueda expedir la baja tu medico de cabecera, siendo de comunidad distinta a la que estés trabajando, pq lo unico que indica es que la baja, partes de confirmación semanales y alta, se extenderán inmediatamente después de realizarse el reconocimiento del trabajador por el facultativo que lo formule. Ahora bien, entiendo que trabajas en una comunidad y resides y pernoctas en otra, de ahi que tengas tu medico de cabecera en esa Comunidad. SAludos.
Hola:
Si tengo el médico de cabecera en una Comunidad Autónoma diferente a la Comunidad en la cual estoy trabajando, ¿este puede darme la baja médica, en el caso de que sea necesario?.
Muchas gracias.