Hola,
Trabajo en una empresa de seguridad privada que los ha enviado una circular indicando que si un trabajador se aumenta por encontrarse mal y presente un justificante de asistencia médica pero no de baja se considerará baja y se descontará de la jornada.
Esto es así?
Si vas al médico a media jornada por encontrarte mal y no te da la baja por tratarse de un mal menor como un corte de digestión o similar que se solucionan en unas horas, es falta injustificada?
Tenía entendido que si acudías a más del 50% de la jornada (es decir, como mínimo 4 horas) la empresa tiene que pagarte esas horas como jornada completa? Es así?
No acostumbro a encontrarme mal continuamente, pero más vale estar informado.
Podrían decirme de paso donde viene la normativa que contradiga o reafirme la circular de la empresa?
El estatuto de los trabajadores no contempla ausencias retribuidas por encontrarse mal. Tendría que mirar su convenio.
No hay que confundir ausencia justificada con ausencia retribuida. La ausencia justificada evita que le sancionen, pero eso no significa que le tengan que pagar las horas que usted ha faltado al trabajo.
"Si vas al médico a media jornada por encontrarte mal y no te da la baja por tratarse de un mal menor como un corte de digestión o similar que se solucionan en unas horas, es falta injustificada?" Es falta justificada, pero no implica que sea retribuida.
"Tenía entendido que si acudías a más del 50% de la jornada (es decir, como mínimo 4 horas) la empresa tiene que pagarte esas horas como jornada completa? Es así? " A falta de ver su convenio, no es así. Sería una leyenda urbana.
"Podrían decirme de paso donde viene la normativa que contradiga o reafirme la circular de la empresa?" El Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo de su empresa.
Bueno sin querer en ningún caso rectificar a mosca cojonera, que seguro sabe mas que yo de este tema, por lo que tengo entendido los 3 primeros días de baja no cobras nada ni de la SS ni de la empresa, cuanto menos por asistir al medico.
Independientemente de este tema, quisiera, si no es molestia, que alguien me heche una mano en el tema del foro llamado -Despido disciplinario, ya que el lunes tengo que dar una respuesta.
Gracias.
Mire esa circular es papel mojado, cuando un trabajador tiene que dejar su puesto por encontrarse indispuesto ese día cuenta como trabajado, ( siempre que aporte justificante médico), y luego si tuviese que seguir mas días de IT seria cuando empezarian a contar esos tres primeros dias en los que como comenta buho774 por la SS no se cobra nada, sin embargo da la casualidad que en el convenio de Seguridad Privada en una primera baja de cada año esos 3 primeros días se cobra el 50% del salario.
Así que esa circular son brabuconadas, coja usted una copia de esa circular y presentela ante inspección de trabajo y a ver que le dicen, las empresas son muy chulas creando normativa interna pero no quiere decir que estas normas sean muy legales que digamos.
SMO