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Baja médica después año y medio, trámite

3 Comentarios
 
Baja médica después año y medio, trámite
23/10/2023 20:14
Hola, mi hermana, lleva año y medio de baja médica, por enfermedad común. El INSS no ha contactado con ella, no ha pasado por ningún tribunal. La empresa le dijo que le daba el finiquito, pagándole las vacaciones, y que a partir es ese momento, era el INSS quien debía pagarle el sueldo. Mi hermana ha esperado casi dos meses, pero viendo que no le ingresa nadie la nómina, ha contactado con el INSS y le han dicho que ella debería haber rellenado un formulario de petición, y aportar DNI, libro de familia, certificado de la empresa etc.. y mi hermana no sabía nada. Pensaba que esto era automático.
Alguien puede decirme, que debe hacer exactamente mi hermana, para seguir cobrando la baja médica, hasta que la llamen del tribunal?. Gracias
24/10/2023 13:26
Buenos días, estuve 3 años trabajando en una empresa privada como autónoma, el alta en la seguridad social fue obligado en el inicio de la actividad profesional, pero no obligación durante el tiempo años de contrato mercantil acordado y firmado.
En el transcurso del segundo año, me dejan fija, la facturación era de 300 euros 400 euros y 298...256....asi los meses del año cada año.
Dias libres cuando deseamos en el convenio, meses, semanas, dias.
Horarios libre de elección propia, 5,6,7 horas o más o menos como elija el autónomo.
La seguridad social nunca me reclamó el alta continua de cada año, me dijo que si no llegaba a la cantidad económica mensual del sueldo oficial profesional legal establecido, no necesitaría obligación de alta de seguridad social, solamente alta de Hacienda pública como autónoma.
Eso hice y en el año 2023 febrero dia 3 di de baja de autónoma en la actividad profesional llamando a la empresa y dando gracias por estar con ellos años y que lo había pensado seguir en mi destino por ir salud y por ver el avance de mi vida desistiendo de continuar.
Me dijeron envia la baja de Hacienda y ya está.
Lo hice y a los 3 meses me llama la inspección de trabajo y ne pide facturas, nomina. mensuales de cada año y certificado fe de la renta años 2020, 2021,2022.
Todo bien me llega una carta de conformidad de los documentos presentados.
En Octubre dia 23 me llegó certificado lis movimientos de cada mes desde que empezó mi trabajo en la empresa y me acusan de impago de esos años con la suma adeudada 2.703,37,euros.
Y la multa según ellos por esos años 16.221,37 euros sin más que pague.
Nunca me reclamaron nada ni vi en el buzón de la seguridad social deuda ninguna mia, ni carta certificada me enviaron nunca, ni obligación de pagos nada, y la empresa tampoco.
Mi pregunta es si esos eran los ingresos asi siempre serían hasta jubilarse allí, y este silencio administrativo por parte de la seguridad social le da derecho legal a reclamar lo que ningún año reclamó?
y en verdad no he actuado de mala fe nunca, declaraciones de renta con borrador cada año, y ninguna reclamación ni de hacienda pública ni de la seguridad social.
Agradezco los servicios y ayuda de pórtico legal.
Esperando urgentemente su respuesta porque antes de efectuar el pago aplazado necesito saber si procede actuar judicialmente.
Saludos y gracias!
05/11/2023 17:17
Avalonn
Hola. Hay dos cuestiones distintas:
1) Una vez agotados los 18 meses, tu hermana tiene que solicitar al INSS ( o a una mutua si ésta le controlaba la baja). Tiene 3 meses para solicitar el cobro de la baja. Si no se solicita no se cobra. Cobrará la baja hasta el día de la resolución del INSS sobre la incapacidad.
2) La citarán y pasará una revisión médica en el EVI (ICAM en Catalunya). Allí harán un informe médico con una propuesta que envían al INSS. Éste iniciará un expediente de incapacidad y le enviarán una carta para que rellene el impreso de la incapacidad permanente. Después el INSS dictará la correspondiente resolución aprobando o denegando la incapacidad en función de la propuesta del EVI (ICAM). Por ello, es interesante que a la semana de haber pasado la revisión médica se vuelva a ir a EVI (ICAM) y pedir una copia de dicho informe. De esa manera se podrá saber , con carácter anticipado, el resultado de la resolución del INSS.
Saludos
05/11/2023 18:23
Expertolaboral
Muchas gracias por tu respuesta.
Si, al final mi hermana hizo la solicitud de pago directo a través de la web del INSS, pero a los dos días, recibió comunicación de que se iniciaba de oficio el trámite de prestación por incapacidad permanente. Pero no ha pasado por el tribunal médico. Y hoy ha recibido un sms indicando que la prestación de incapacidad permanente ha sido concedida. Pero no sabemos si se refieren al pago directo de los meses de baja, desde el mes 18, o si es de la prestación permanente y si es esta última, no sabemos si es total o parcial. Y es un auténtico suplicio pedir cita, el sistema telefónico automático da error, la página web también. No sabemos que hacer no donde ir, porque sin cita, no te atienden. Es penoso y una auténtica vergüenza como está tratando este país a sus ciudadanos. Dejan a la gente desamparada. Y te obligan a tener que acudir si o si, a un abogado, para que te trámite el asunto.