Según establece la sentencia del 20 de enero del Tribunal de Justicia Europeo, el derecho de los trabajadores a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas (aunque haya finalizado el año natural) cuando éstos no hayan podido disfrutar de toda o parte de éstas por haber permanecido de baja por enfermedad.
En esta pág. tienes información de la sentencia.
http://www.ccooedsomega.es/IMG/pdf/Sentencia_TJUE.pdf
Un saludo