SI fue despedido y ha ganado el juicio, procede darle de alta con efectos del despido, como si nunca hubiera estado de baja. Se le da de alta con efectos retroactivos, se ponga el Sr Dragon como se ponga, y procede el alta porque el trabajador, improcedentemente despedido no tiene la culpa de que la empresa le diera de baja improcedentemente.
Ea
ravil, lee lo escrito por mi con anterioridad, es lo que procede en este caso. Por cierto, si cogio la baja y todavia la empresa no había cursado el alta en la S.S., como debes suponer, esa baja no tiene efectos ante la empresa, ya q no procede la misma, al no encontrarse en situación de Alta o Asimilada al Alta, como marca la Ley Gral. de la Seguridad Social. saludos
Por experiencia creo que en estos casos lo mejor es buscar solución conciliada. tarta de hablar con el abogado del trabajador a ver si hay esa posibilidad, y sopesar la opción de pagarle algo.
Personate con toda la doumentación que tengas de este trabajador en inspección médica, y pide a tu mútua colaboración. La otra salida que tienes es investigarlo a través de un detective colegiado y pillarlo haciendo algo que no pueda hacer estando de baja. Creo que si es un tio conflictivo en inspección médica te ayudarán aunque no es un proceso rápido.
No te rompas la cabeza. Ignoro las circunstancias, pero el trabajador tiene la ley y la sentencia de su lado. El medico le ha dado de baja, y os ha ganado un juicio por despido improcedente. En principio el bueno es él y el malo vosotros.
Aunque no estuviera dado de alta en ese momento, al haber ganado el juicio le tenéis que dar de alta con efectos retroactivos, luego constará en alta.
Yo no seguiría buscando lo que esta s buscando porque no creo que exista.
Todos conocemos las formas de presionar. La de la empresa es readmitir y no dar ni un duro al trabajador despedido improcedentemente, el trabajador tiene las suyas propias, y estas cosas suelen acabar muy mal, y normalmente mas caras para la empresa que si se hubiera llegado a algun acuerdo cuando se tuvo ocasión.
Mientras la inspección medica no te le de alta por simulación de enfermedad, y eso es harto difícil, no teneis nada que hacer. Salvo intentar una salida conciliada, que pasará por aflojar la cartera un poco.
Os agradezco las respuestas, y sí ya habia pensado enviar el escrito que me indicas al INSS.
No obstante, ¿conoceis alguna sentencia en la que se tenga por lo hecha regularmente la incorporación del trabajador, cuando antes de ni siquiera intentar acudir al centro de trabajo se pone de baja médica? Ni siquiera estaba dado de alta en la seguridad social como trabajador en la empresa desde que fue despedido.
Es que me parece, dados los antecedentes del trabajador que serían muy largos de contar, que es demasiado el abuso.
ravill se me ocurre, en aplicación del art. 131 de la Ley Gral. de la Seguridad Social, remitas escrito al Servicio Médico del INSS (EVI), solicitando si esta nueva baja, expedida antes de los seis meses del alta anterior (seguramente por Resolución Denegatoria de Incap. Pte. tras agotamiento del plazo máximo de la IT), tiene o nó efectos económicos, dependiendo si se trata de la misma o similar patología. De ser por lo mismo, el trabajador podría estar de baja pero sin cobrar, y ello traería consigo su incorporación laboral o llegar a algún acuerdo rápido con la empresa. Un saludo.
No puedes hacer nada. estando en IT no se puede trabajar y por lo tanto no se puede reincorporar. Se reincorporará cuando le den de alta.
Es el pan nuestro de cada día.
Te despido - Te demando y lo gano - Pues no te pago y te readmito (y a lo mejor te puteo)- Pues me doy de baja y no me ves el pelo en 12 meses y mientras me sigues cotizando.
Hola a todos, tengo una duda y me gustaría comentárosla para ver si me podeis ayudar un poco. Es el caso de un trabajador que, despues de ser objeto de un despido declarado improcedente, la empresa opta por readmitirle dándole un plazo para que se reincorpore. El Primer día del plazo para incorporarse, la empresa recibe por correo un parte de baja del trabajador, sin que se persone en ningún momento en la empresa ni se ponga en contacto con la misma. El parte se manda por correo certificado, no burofax. ¿Se os ocurre algún razonamiento para que la empresa pueda, en un incidente de ejecución, solicitar la extinción de la relación ante la no incorporación del trabajador? Por otra parte, cabe decir que este trabajador, sin haber transcurrido los 6 meses, tuvo otro proceso de baja médica en el que agotó el plazo máximo.
Os agradecería mucho vuestra ayuda, no se que hacer con este tema.
Gracias anticipadas.