tengo una empresa y una trabajadora que esta embarazada y le toca dar a luz en julio. Mi pregunta es si cuando este de baja por maternidad yo tengo que seguir pagando la seguridad social de esta trabajadora, porque en el convenio pone que se suspende el contrato durante este tiempo.
Si. Deberas seguir pagando la seguridad social de la trabajdora pero no el salario ni la baja en pago delegado, de ese pago ya se encarga la Seguridad social.
De todos modos, mientras está de baja por maternidad, puedes sustituir a esa trabajadora por otra con coste cero. Es decir, le pagas el salario (a la de baja no le pagas nada) y tienes derecho a una bonificacion de la Seguridad Social de esa trabajadora sustituta del 100% (pagas la de la que está en maternidad)
Efectivamente, durante el periodo de descanso de maternidad, y en la medida en que el contrato siga vigente, la empresa sigue soportando la cuota empresarial de cotización (las retenciones de la trabajadora se las practica directamente la S.S.), que serán calculadas cobre la base reguladora de la prestación de maternidad.