Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

baja maternidad

1 Comentarios
 
21/06/2006 11:36
Dami, literalmente lo que establece el art. 37.4 del ET es que la ausencia de una hora se podrá "dividir en dos fracciones", que no necesariamentre han de ser de media hora cada una. La alternativa es reducir la jornada (es decir, entrar más tarde o salri antes) en media hora.

Este permiso, y con las opciones apuntadas, puede ser disfrutado en las mismas condiciones en el caso de reduccion de jornada (porque el niño "mama" igual y el derecho es de él, no de la madre).

Un saludo
Baja maternidad
20/06/2006 20:56
he leido que tras la baja por maternidad un derecho es el de dos pausas por lactancia de media hora. Como me he acogido al derecho a reducir la jornada laboral, concretamenta he pasado a media jornada, tengo igualmente derecho a dos pausas de lactancia o sólo una?
Gracias por vuestra ayuda
Un saludo