Te voy a copiar una respuesta que han dado a una pregunta similar a la tuya. La respuesta la ha dado un usuario llamado alicbna o algo así y me parece completísima y muy aclaratoria (con permiso):
No hay que confundir los tipos de baja en las situaciones de embarazo.
* Si una mujer embarazada se encuentra mal (ciática, inflamación de las piernas, mareos....todo tipo de casuísticas que acompañan a un embarazo), podrá, si así lo decide el médico de cabecera, acogerse a una baja por enfermedad por Contingencias Comunes, que será tratada de la misma forma que cualquier otra baja del mismo tipo de cualquier otr@ Trabajador@ en cualquier circunstancia.
* Si una mujer embarazada sufre un embarazo calificado de riesgo por los facultativos que atienden al embarazo, tendrá una baja por Contingencias Comunes por un embarazo de riesgo, con idénticas prestaciones que la anterior.
* Sin embargo, si una mujer embarazada, realiza su trabajo en condiciones que puedan afectar a su salud o a la de su hijo, entonces se considerará Riesgo durante el Embarazo (que NO es lo mismo que un embarazo de riesgo) y deberá valorarse por la Mutua que tenga concertada la Empresa, de acuerdo con una serie de informes que la Mutua le pedirá a la Empresa o al servicio de prevención de riesgos y, en primer lugar, se solicitará que la Empresa cambie temporalmente el puesto de trabajo de la Trabajadora afectada, mientras dure su embarazo y, si ello no es posible, la Mutua valorará la posibilidad de conceder una baja por Riesgo durante el Embarazo que, entonces sí, conlleva que las prestaciones mientras dure esta situación sean del 100% de la Base Reguladora. Este tipo de baja, aunque la solicita la Trabajadora, no es ella quien decide, sino la Mutua, en base a la documentación aportada y siempre y cuando la Empresa no pueda ofrecerle otro tipo de trabajo temporalmente.
Acostumbramos a confundir los diferentes tipos de baja que suelen concederse a las Trabajadoras embarazadas; muy especialmente, baja por embarazo de riesgo (que lo deciden los facultativos que llevan el mismo) y baja por Riesgo durante el Embarazo (que lo decide la Mutua en base a un estudio).
Buenos días:
Estoy embarazada de 6 meses y en mi puesto de trabajo me veo muy limitada
a la hora de hacer mis tareas habituales. En la empresa me dijeron que me pueden dar la baja a través de la mutua, y una vez llamé a la misma me dijeron que hay un apartado que es la prestación por riesgo en el embarazo y se hacen todos los trámites a través de la propia mútua. Sin embargo tenía entendido que la baja te la daba el médico de cabecera… estoy un poquito liada, si alguien me pudiera ayudar le estaré muy agradecida.
Muchas gracias por todo.