De acuerdo con Sebasbm1971, la empresa paga la cuota empresarial. Creo que el error viene de la confusión con los contratos de interinidad para sustituir a la trabajadora de baja, en los que sí está bonificada la cuota empresarial.
Un saludo
La empresa tiene que pagar en los seguros sociales la cuota de empresa, no obstante no pagará salario.
El INSS pagara a la trabajadora la prestacion de maternidad durante 112 dias. Será el INSS quien descuente la seguridad social e IRPF del trabajador durante el periodo maternal.
No hay que dar de baja en la Seguridad social a la trabajadora. El contrato queda suspendido pero la empresa tiene que seguir cotizando por la trabajadora.
No. La empresa, ante casos de baja por maternidad (entiendo que te refieres al periodo de 16 semanas) no tiene que pagar nada a la Seguridad Social, de hecho, tienes que tramitar la baja por ese concepto . Si tienes dudas de cómo hacerlo, te sugiero que contactes con la Seguridad Social de tu demarcación donde te indicarán los pasos a seguir.
tengo una trabajadora en baja por maternidad, ese periodo de baja se que ella cobra directamente de la seguridad social, pero tiene la empresa que pagar algo por ella en los seguros sociales??