Te puedes encontrar con una sorpresa a la hora de hacer la renta. No te retienen porque solo vas a cobrar 4 meses de baja y por otro lado la empresa por su parte también puede ser que cuando vuelvas de la baja te retenga menos o nada, y es que son dos entidades distintas pero luego para hacer la renta te cuentan todos los ingresos.
Una solución sería cuando te reincorporaras al trabajo, pedir que te retengan más de IRPF.
Efectivamente, son rentas que cotizan (S.S.) y tributan (IRPF).
Respecto a la retención a cuenta del IRPF, dado que es otro pagador (la S.S., no la empresa), éste solo tiene en cuenta los ingresos que vas a tener por su parte, y, dado que están limitados a ese period concreto, lo lógico es que la retención resulte 0.
Como luego todo suma al hacer la declaración (salarios mientras estabas de alta, prestación de maternidad, posibles complementos de la empresa durante ese periodo, etc), tienes la opción de solicitar se te aplique un % der retención determinado. Pero, inssit, hay que indicarlo expresamente en el impreso de solicitud de la prestación.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que por parte de la empresa sucederá algo similar, que no considerara esos ingresos percibidos directamente de la S.S. como prestación (ya que no es la empresa la pagadora) y, por tanto, de forma automatica regularizaria a la baja la retencion al bajar la previsión de ingresos anuales.
Es por ello que si uno no quiere llevarse sorpresas a la hora de hacer la declaración, puede pedir tambie a la empresa que le retenga algo más.
Si mal no recuerdo incluso te piden el porcentaje de rentención que tenías en la empresa cuando vas a solicitar el pago directo de la maternidad al INSS.
Hola, mi hermana está de baja por maternidad y me ha comentado algo así como que durante los meses de la baja no le retienen para el irpf, sólo la parte correspondiente a la seg. social ¿es eso posible? ¿Cómo afecta eso a su declaración de la renta del proximo año?
Gracias.